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Guía · Impuestos

¿Cómo tributan en Ganancias los ingresos del exterior?

Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio

Respuesta corta. El residente fiscal argentino paga Ganancias sobre sus ingresos del exterior aunque no traiga la plata al país. Se suman a la escala del 5% al 35% (15% por venta de acciones, títulos, cripto e inmuebles del exterior). El impuesto pagado afuera se descuenta, con tope. Un extranjero suele volverse residente a los 12 meses.

Al 26 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.

La norma

Renta mundial. Los residentes tributan "sobre la totalidad de sus ganancias obtenidas en el país o en el exterior"; los no residentes, solo por fuente argentina (Ley de Impuesto a las Ganancias, t.o. 2019, art. 1).

Quién es residente (LIG, arts. 116 a 123).

  • Los argentinos son residentes hasta obtener la residencia permanente en otro país o pasar 12 meses seguidos afuera; visitas de hasta 90 días no cortan el plazo (art. 117; Decreto 862/2019, art. 283). La pérdida se acredita ante ARCA o el consulado (art. 119).
  • Los extranjeros son residentes al obtener la residencia permanente o tras 12 meses con autorizaciones temporarias; ausencias de hasta 90 días no cortan el plazo (art. 116 inc. b); Decreto 862/2019, art. 281). Rige desde el mes siguiente (art. 116).
  • Si su estadía no implica permanencia habitual, puede acreditarlo ante ARCA por única vez, al menos 30 días antes de cumplir los 12 meses (Decreto 862/2019, art. 281).
  • No son residentes los diplomáticos, ciertos estudiantes y los extranjeros con trabajo acreditado de hasta cinco años, aunque su fuente argentina tributa como residente (art. 123).
  • En doble residencia se mira vivienda, intereses vitales y días en el año calendario (art. 122; Decreto 862/2019, art. 284).
  • Desde el 6/3/2026, la ciudadanía por inversión no da por sí sola residencia fiscal (art. 116, párrafos incorporados por Ley 27.802, art. 194).

Fuente extranjera. Bienes o actividades afuera (art. 124). El trabajo hecho físicamente acá es fuente argentina, pague quien pague (art. 5).

Alícuotas. Lo del exterior se suma a lo argentino en la escala del art. 94; el impuesto incremental es el atribuible al exterior (art. 164 inc. a)). Venta de acciones, valores, monedas digitales e inmuebles: 15% (art. 94). Solo se restan mínimo no imponible y cargas de familia que excedan la ganancia argentina (art. 128). Quebrantos del exterior: solo contra ganancias del exterior, cinco años (art. 131).

Tipo de cambio. Comprador (ingresos) o vendedor (deducciones) del Banco Nación, al cierre del día de cada operación (art. 155; Decreto 862/2019, art. 286).

Crédito. Los impuestos análogos pagados afuera, con comprobantes, se descuentan hasta el impuesto argentino sobre esa ganancia, al comprador BNA del día del pago (arts. 165 a 167). El excedente se traslada cinco años (art. 175).

Qué cambia la respuesta

  • Dónde se trabaja. Trabajar desde Argentina para un cliente de afuera ("exportar servicios" desde casa) es fuente argentina (art. 5).
  • Fecha de residencia. El extranjero temporario no tributa lo del exterior hasta el mes siguiente a cumplir 12 meses (art. 116).
  • Un convenio. Los tratados están por encima de las leyes (Constitución Nacional, art. 75 inc. 22). La lista de convenios vigentes del MECON incluye Brasil, Chile, España y Reino Unido, pero no Estados Unidos.
  • Tipo de renta. Venta de acciones, cripto o inmuebles del exterior: 15% (art. 94).

Ejemplo práctico (ARS y USD)

Supuestos: persona soltera, residente todo 2026, sin ingresos argentinos, cobra US$ 60.000 de honorarios por trabajos hechos físicamente afuera, sin gastos. El país del cliente retiene un impuesto definitivo hipotético de US$ 9.000. Para ilustrar, BNA igual al dólar MEP de ARS 1.563,90 por US$ del 23/10/2026 (tipo de cambio MEP vendedor, dolarapi.com). Ver /data/mep/.

Paso o concepto Plazo Costo ARS Costo USD
Honorarios del exterior convertidos Al cobrar, 2026 93.834.000,00 60.000,00
Menos ganancia no imponible, art. 30 inc. a) Año fiscal 2026 (6.019.671,36) (3.849,14)
Ganancia neta sujeta a impuesto 31/12/2026 87.814.328,64 56.150,86
Impuesto según escala art. 94 31/12/2026 23.034.752,63 14.729,04
Menos crédito por impuesto del exterior, art. 165 Al pagar el impuesto afuera (14.075.100,00) (9.000,00)
Ganancias a pagar en Argentina DDJJ anual, 2027 (sin confirmar) 8.959.652,63 5.729,04

Paso a paso:

  1. US$ 60.000 × 1.563,90 = ARS 93.834.000.
  2. Menos ganancia no imponible 2026, ARS 6.019.671,36 (tabla ARCA), entera porque no hay ganancia argentina (art. 128). Neta: ARS 87.814.328,64.
  3. Último tramo 2026: ARS 17.144.476,49 más 35% sobre ARS 70.984.968,25 (tabla ARCA art. 94). ARS 16.829.360,39 × 35% = ARS 5.890.276,14. Impuesto: ARS 23.034.752,63, 24,5% del bruto.
  4. Sin ganancia argentina, todo el impuesto es atribuible al exterior (art. 164 inc. a)).
  5. Crédito: US$ 9.000 × 1.563,90 = ARS 14.075.100, debajo del tope.
  6. A pagar: ARS 8.959.652,63 (US$ 5.729). Sin impuesto afuera, US$ 14.729.

Ambas tablas de ARCA son del régimen de retención sobre sueldos; se asume que valen para la DDJJ (sin confirmar).

Costo total: unos US$ 5.729 de Ganancias, además del impuesto pagado afuera. Sin capital. La DDJJ 2026 se presenta y paga en 2027.

Ojo con el calendario. Según los vencimientos de ARCA, la presentación de la DDJJ vence el 30/10/2026 para toda terminación de CUIT y el pago venció el 27/07/2026, que corresponderían al período 2025 (sin confirmar). Si no presentó, le quedan días.

Errores comunes

  • Convertir al MEP o al blue. Va el BNA de cada día (art. 155).
  • Creer que "cobrar de afuera" es ingreso del exterior. Manda dónde se trabaja (arts. 5 y 124).
  • Irse sin el trámite. Sigue siendo residente hasta cumplir el art. 117 y acreditarlo (art. 119).

Preguntas frecuentes

¿Un nómada digital paga Ganancias? Su residencia es transitoria, 180 días prorrogables (DNM; Ley 25.871, arts. 20 y 24 inc. h)). No está resuelto si cuenta para los 12 meses "temporarios" del art. 116 inc. b) (sin confirmar). Su trabajo acá es fuente argentina (art. 5), pero al no residente se le cobra por retención del pagador (art. 102) y no hallamos norma de ARCA para quien cobra de afuera (sin confirmar).

¿Declaro lo del exterior el primer año? Solo desde el mes en que empieza la residencia (art. 116).

¿Tributa si dejo la plata afuera? Sí. El art. 1 no exige que el dinero ingrese.

¿Me devuelven el impuesto de afuera que no pude usar? No. Solo se traslada cinco años (art. 175).

¿Qué necesito para el crédito? Comprobantes del pago al fisco extranjero (art. 167). Pida el certificado de retención.

Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.

Fuentes primarias

  • Ley de Impuesto a las Ganancias, t.o. 2019 (Decreto 824/2019), arts. 1, 5, 94, 102, 116 a 124, 128, 131, 155, 164 a 167 y 175: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/330000-334999/332890/texact.htm (
  • Decreto 862/2019 (reglamentación), arts. 281, 283, 284 y 286: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-862-2019-332991/actualizacion (
  • Ley 27.802, art. 194: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/420000-424999/423680/norma.htm (texto incorporado leído en)
  • ARCA, escala art. 94, período anual 2026: https://www.arca.gob.ar/gananciasYBienes/ganancias/personas-humanas-sucesiones-indivisas/declaracion-jurada/documentos/Tabla-Art-94-LIG-liquidacion-anual-y-final-2026.pdf (
  • ARCA, deducciones art. 30, período anual 2026: https://www.arca.gob.ar/gananciasYBienes/ganancias/personas-humanas-sucesiones-indivisas/deducciones/documentos/Deducciones-personales-art-30-liq-anual-2026.pdf (
  • ARCA, vencimientos DDJJ de personas humanas: https://www.arca.gob.ar/gananciasYBienes/ganancias/personas-humanas-sucesiones-indivisas/declaracion-jurada/determinativa/vencimientos.asp (
  • Constitución Nacional, art. 75 inc. 22: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm (
  • MECON, convenios para evitar la doble imposición vigentes: https://www.argentina.gob.ar/economia/ingresospublicos/dni/cdi/vigentes (
  • DNM, residencia transitoria de nómada digital: https://www.argentina.gob.ar/servicio/obtener-una-residencia-transitoria-como-nomada-digital (
  • Ley 25.871 de Migraciones, arts. 20 y 24: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/92016/texact.htm (

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