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Guía · Impuestos

¿Cómo funciona el impuesto al cheque (débitos y créditos bancarios)?

Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio

Respuesta corta. El impuesto al cheque cobra 0,6% sobre cada acreditación y 0,6% sobre cada débito en cuentas de bancos argentinos, y el banco lo descuenta solo. Las extracciones en efectivo de empresas que no son micro o pequeñas pagan 1,2%. La mayoría de las empresas computa 33% como pago a cuenta de Ganancias. Las micro y pequeñas, 100%.

Al 26 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.

La norma

El impuesto. El art. 1 de la Ley 25.413 grava los créditos y débitos en cuentas "cualquiera sea su naturaleza" de entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras (inciso a), y las operatorias y movimientos de fondos que reemplazan a una cuenta (incisos b y c). Lo soporta el titular, sobre el importe bruto, y lo percibe el banco (art. 1).

Alícuotas. La general es 6 por mil (0,6%) para créditos y 6 por mil para débitos (Decreto 380/2001, Anexo, art. 7, en adelante "Reglamento"). Además:

  • 12 por mil en extracciones en efectivo "bajo cualquier forma". No rige para personas humanas ni para Micro y Pequeñas Empresas que "revistan y acrediten" esa condición (Ley 25.413, art. 1, párrafo agregado por la Ley 27.541, art. 45, BO 23/12/2019). La empresa lo acredita ante el banco (RG AFIP 2111, art. 33).
  • 12 por mil en las operatorias de los incisos b) y c) (Ley 25.413, art. 1; Reglamento, art. 7).
  • Alícuotas reducidas (2,5, 0,75, 0,5 y 1 por mil, entre otras) para casos puntuales (art. 7).

Exenciones principales. Ley 25.413, art. 2: Estados, misiones diplomáticas, sueldos y jubilaciones acreditados (y débitos hasta ese importe) y cuentas exclusivas de alquileres de vivienda con contrato registrado. Reglamento, art. 10: cajas de ahorro (inciso u), transferencias entre cuentas propias salvo por cheque (inciso b), préstamos bancarios (inciso i) y cobros de exportaciones (inciso l).

Pago a cuenta de Ganancias. A tasa general se computa el 33%; con alícuota menor, el 20% (Reglamento, art. 13, texto del Decreto 409/2018). Micro y pequeñas empresas: 100% de lo efectivamente ingresado; industrias manufactureras medianas tramo 1: 60% (Ley 27.264, art. 6; Decreto 409/2018, art. 2). El remanente no se devuelve ni se compensa con IVA u otros impuestos (Reglamento, art. 13; Ley 27.264, art. 6).

Vigencia. Los arts. 1 a 6 de la Ley 25.413 rigen hasta el 31 de diciembre de 2027, sin nueva prórroga sancionada a la fecha (Ley 27.702, art. 1, que prorroga el art. 2 de la Ley 27.432).

Reformas. La Ley de Inocencia Fiscal (Ley 27.799 y Ley 27.826) no lo toca. Hay un proyecto: el art. 67 del proyecto de Presupuesto 2027 daría a nuevos concesionarios de rutas nacionales un cómputo del 100% contra Ganancias, IVA y SIPA. No es ley (sin confirmar).

Qué cambia la respuesta

  • Ser pyme categorizada. La micro o pequeña computa el 100% (Ley 27.264, art. 6) y, si acredita su condición ante el banco, paga 0,6% y no 1,2% al sacar efectivo (RG 2111, art. 33). La RG AFIP 3946/2016 pide estar categorizada en el servicio "PYME Solicitud de categorización y/o Beneficios" (Clave Fiscal nivel 2 como mínimo) y la cuenta a nombre de la empresa categorizada (art. 2) (sin confirmar). Rige desde el mes en que se aprueba la categorización (art. 3).
  • Caja de ahorro. Exenta (art. 10, inciso u), salvo que reemplace a la cuenta corriente como sistema de pagos organizado (RG 2111, Anexo X, C.3).
  • Cuentas propias. Transferir entre cuentas del mismo titular, incluso de pago, está exento, salvo por cheque o si la cuenta es de varias personas jurídicas (art. 10, inciso b e inciso sin número del Decreto 301/2021).

Ejemplo práctico (ARS y USD)

Una empresa de servicios no pyme recibe ARS 1.000.000.000 (US$ 639.427,07) en su cuenta corriente en el año y paga lo mismo. Sin exenciones ni efectivo, con Ganancias suficiente para absorber el cómputo. Dólar MEP de ARS 1.563,90 por US$ del 23 de octubre de 2026 (tipo de cambio MEP vendedor, dolarapi.com) (ver /data/mep/).

Paso o concepto Plazo Costo ARS Costo USD
Impuesto sobre créditos, 6 por mil (art. 7) En cada acreditación 6.000.000 3.836,56
Impuesto sobre débitos, 6 por mil En cada débito 6.000.000 3.836,56
Total del impuesto en el año 12 meses 12.000.000 7.673,12
Pago a cuenta de Ganancias, 33% (art. 13) Anticipos o DDJJ anual (3.960.000) (2.532,13)
Costo neto, contribuyente general Año 8.040.000 5.140,99
Pequeña empresa, cómputo del 100% Año 0 0
Industria mediana tramo 1, cómputo del 60% Año 4.800.000 3.069,25

Paso a paso:

  1. Créditos y débitos: 1.000.000.000 × 0,006 = ARS 6.000.000 cada uno.
  2. Total: ARS 12.000.000, el 1,2% del movimiento.
  3. Pago a cuenta: 12.000.000 × 0,33 = ARS 3.960.000.
  4. Neto: 12.000.000 menos 3.960.000 = ARS 8.040.000, cerca del 0,8%.
  5. Mediana tramo 1: 12.000.000 × 0,60 = 7.200.000 de cómputo; neto ARS 4.800.000.

Sacar ARS 100.000.000 de ese dinero en efectivo suma ARS 600.000 (US$ 383,66) por la tasa de 12 por mil. El art. 13 del Reglamento no aclara si esa tasa doble computa al 33% (sin confirmar); tratarlo como no computable salvo confirmación del contador.

Lo computado no se deduce en Ganancias (art. 13); si el 67% restante es deducible no surge del texto revisado (sin confirmar).

Costo total: sin aranceles, sin capital, sin trámites del titular; 12 meses de cómputo en anticipos o DDJJ anual.

Errores comunes

  • Creer que el 100% pyme se arrastra. La RG 3946/2016, art. 1, prohíbe trasladar el remanente no computado, salvo lo que autoriza el art. 13 del Reglamento: lo que excede el 33% parecería perderse si no se usa en el ejercicio (nuestra lectura; ARCA no publicó criterio) (sin confirmar).
  • Cobrar cheques por ventanilla. Las extracciones en efectivo incluyen las hechas con cheques propios o de terceros "o por cualquier otro medio" (RG 2111, Anexo X, A.10). Una empresa no pyme paga 12 por mil.
  • Pagar sueldos desde la cuenta corriente. La exención es del crédito del empleado (Ley 25.413, art. 2, inciso c); el débito del empleador está gravado (RG 2111, Anexo X, A.2).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me cobra el banco de impuesto al cheque? En general 0,6% de lo que entra y 0,6% de lo que sale de la cuenta (Reglamento, art. 7).

¿Una cuenta en el exterior paga impuesto al cheque? No. Solo alcanza a entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras argentina (Ley 25.413, art. 1, inciso a).

¿Las billeteras virtuales pagan impuesto al cheque? Sí. Desde el 1 de agosto de 2021 las cuentas de pago tributan 0,6% en cada sentido, con el mismo cómputo (Reglamento, arts. 7 y 13, Decreto 301/2021).

Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.

Fuentes primarias

  • Ley 25.413, texto actualizado (arts. 1 a 3): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/65000-69999/66533/texact.htm (`
  • Decreto 380/2001, Anexo, texto actualizado (arts. 3, 7, 10, 13): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/65000-69999/66561/texact.htm (`
  • Ley 27.264, texto actualizado (art. 6 y nota del Decreto 409/2018): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/260000-264999/263953/texact.htm (`
  • Ley 27.702 (art. 1): https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27702-375742/texto (`
  • Ley 27.432 (art. 2, inciso c): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/305000-309999/305264/norma.htm (`
  • RG AFIP 2111, texto actualizado (arts. 33, 34, Anexo X): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/118837/texact.htm (`
  • RG AFIP 3946/2016 (arts. 1 a 3): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/265000-269999/266597/norma.htm (`
  • Ley 27.799, texto actualizado: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27799-422008/actualizacion (`
  • Ley 27.826: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/norma-431078/texto (`
  • Proyecto de Ley de Presupuesto 2027 (art. 67): https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/proyecto_de_ley_de_presupuesto_2027.pdf (`

Para profundizar