¿Argentina tiene convenio para evitar la doble imposición con EE.UU., Reino Unido o España?
Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio
Respuesta corta. Sí con Reino Unido (vigente desde el 1 de agosto de 1997) y con España (vigente desde el 23 de diciembre de 2013). No con Estados Unidos. Los dos convenios limitan la retención argentina al 10% o 15% en dividendos, 12% en intereses y entre 3% y 15% en regalías. Para EE.UU. rigen las alícuotas de la ley local.
Al 26 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.
La norma
Lista oficial. El Ministerio de Economía publica 24 convenios vigentes (al 26 de octubre de 2026). Estados Unidos no está. Luxemburgo y República Checa están firmados, sin aprobación del Congreso.
Estados Unidos. Solo hay un acuerdo de transporte marítimo y aéreo (firmado el 20 de julio de 1950, modificado el 30 de diciembre de 1987, Ley 24.399, BO 13 de diciembre de 1994) y de intercambio de información: uno de diciembre de 2016 y el FATCA, firmado el 5 de diciembre de 2022. No encontramos sus textos en un sitio oficial argentino (sin confirmar). Ninguno baja retenciones.
Reino Unido. Ley 24.727 (firmado el 3 de enero de 1996, BO 4 de diciembre de 1996, vigente desde el 1 de agosto de 1997). Dividendos: 10% si el beneficiario efectivo es una sociedad que controla, directa o indirectamente, al menos el 25% de los votos; 15% en los demás casos (art. 10, ap. 2). Intereses: 12% (art. 11, ap. 2), con exenciones en el ap. 3. Regalías: 3% noticias, 5% derechos de autor (sin películas), 10% patentes, marcas, know how, equipos y asistencia técnica, 15% el resto (art. 12, ap. 2).
España. Ley 26.918 (firmado el 11 de marzo de 2013, BO 18 de diciembre de 2013, vigente desde el 23 de diciembre de 2013). Dividendos: 10% si el beneficiario efectivo es una sociedad, no de personas, con al menos el 25% del capital en forma directa; 15% en los demás casos (art. 10, ap. 2). Intereses: 12% (art. 11, ap. 2), con exenciones en el ap. 3. Regalías: 3% noticias, 5% derechos de autor, 10% patentes, programas de ordenador, equipos, know how y asistencia técnica, 15% el resto (art. 12, ap. 2).
Ley local. El dividendo pagado al exterior soporta una retención única y definitiva del 7% (Ley de Impuesto a las Ganancias, t.o. 2019, art. 97, último párrafo). Si supera las ganancias impositivas acumuladas, el excedente paga además 35% (art. 74).
Cómo se pide el beneficio. Antes del pago, el beneficiario entrega al pagador el certificado de residencia fiscal de su país (12 meses si no indica plazo, apostillado salvo verificación en línea) y la declaración jurada del Anexo de la RG ARCA 5855/2026 (arts. 2 a 4). Sin certificado, se retiene la alícuota plena (art. 7).
Qué cambia la respuesta
- Intereses y regalías. Acá sí pesa. Intereses a la matriz de EE.UU.: 35% (100% presunto, art. 104, inc. c, ap. 2, por el 35% del art. 102); con RU o España, 12%. Patente registrada con licenciante de EE.UU.: 28% (80% presunto, art. 104, inc. a, ap. 2); con RU o España, 10%.
- Tenencia. RU mide votos, directos o indirectos; España, capital directo, sin sociedades de personas.
- Registro. El tope de regalías exige cumplir el registro local (punto 4, a, de ambos protocolos).
- MLI y nación más favorecida. Hay textos sintetizados con el MLI para ambos convenios (sin confirmar). El punto 6 del Protocolo con RU extiende alícuotas menores pactadas luego con un país OCDE; sin guía oficial sobre su alcance (sin confirmar).
Ejemplo práctico (ARS y USD)
Una SA paga US$ 100.000 de dividendo a su controlante (100%) británica, española o estadounidense. MEP: ARS 1.563,90 por US$ al 23 de octubre de 2026, según la consigna editorial. La retención real usa el tipo de cambio del giro (RG 739, art. 3).
| Paso o concepto | Plazo | Costo ARS | Costo USD |
|---|---|---|---|
| Certificado de residencia y DJ RG 5855 (RU y España) | Antes del pago | Sin tasa argentina | Sin tasa argentina |
| Dividendo bruto | Fecha de pago | 156.390.000 | 100.000 |
| Retención 7% (art. 97), las tres | Al pagar | 10.947.300 | 7.000 |
| Tope convenio RU o España, 10% | No aplica, la ley local es menor | 15.639.000 | 10.000 |
| Neto que cobra cada controlante | Al pagar | 145.442.700 | 93.000 |
- ARS 156.390.000 × 7% = ARS 10.947.300 en los tres casos.
- Tope RU y España: 10% × ARS 156.390.000 = ARS 15.639.000. Es un techo: rige el 7%.
- EE.UU.: también 7%, sin diferencia.
- Variante: si US$ 20.000 (ARS 31.278.000) exceden las ganancias acumuladas, el art. 74 suma 35% = ARS 10.947.300 (US$ 7.000). Total ARS 21.894.600 (US$ 14.000), el 14% del bruto. Los protocolos con RU y España no excluyen el art. 74 del tope (según la página madre, el de Suiza sí (sin confirmar)), así que la controlante podría sostener un total de 10% (ARS 15.639.000). No hay criterio de ARCA conocido (sin confirmar), ni sobre cómo se combinan el 7% y el 35% (sin confirmar).
Costo total: 7% del dividendo (ARS 10.947.300, US$ 7.000), sin capital, papeles antes del pago. Certificado extranjero y apostilla se pagan afuera (sin confirmar).
Errores comunes
- Seguir con la RG 3497. La RG 5855 abrogó las RG 3497 (DGI) y 2228 (art. 12); rige para pagos desde 15 días corridos después de su publicación del 3 de junio de 2026 (art. 13). Las DDJJ previas valen mientras sigan vigentes y sin cambios.
- Certificado tarde. Se retiene la alícuota plena; queda el reintegro o la repetición ante ARCA (arts. 7 y 8). Papeles en inglés: ARCA puede pedir traducción pública legalizada (art. 4).
- Marcas con España. El 10% español no menciona marcas (art. 12, ap. 2, c): caen en el 15% del inc. d; el británico sí las incluye.
Preguntas frecuentes
¿Hay convenio con Irlanda, Japón o Luxemburgo? No vigente. Luxemburgo está firmado sin aprobar; con Japón solo hay un acuerdo de transporte (Ley 21.386).
Tengo cuenta en EE.UU.: ¿ARCA se entera sin convenio? Sí, por intercambio de información. El Ministerio de Economía informó la primera tanda de datos recibida el 2 de octubre de 2024.
¿El convenio con España evita Bienes Personales sobre acciones argentinas? No. El art. 22, ap. 4, deja gravar ese patrimonio a ambos Estados, y la sociedad ingresa el 0,50% como responsable sustituto (Ley 23.966, artículo sin número a continuación del 25).
¿Cómo saca una empresa argentina el certificado de residencia para España o RU? Con Clave Fiscal, servicio "Solicitud de Certificado de Residencia Fiscal"; superados los controles, sale en 72 horas hábiles (RG 5572/2024, arts. 5 y 7).
¿Cómo evita la doble imposición una matriz de EE.UU.? Con el crédito por impuesto extranjero de EE.UU., fuera de las fuentes argentinas (sin confirmar).
Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.
Fuentes primarias
Todos en carpetaQ=taxes/treaties/q-does-argentina-have-a-tax-treaty-with-the-us-uk-spain/`.
- Ministerio de Economía, convenios vigentes: https://www.argentina.gob.ar/economia/ingresospublicos/dni/cdi/vigentes
- Ministerio de Economía, firmados no vigentes: https://www.argentina.gob.ar/economia/ingresospublicos/dni/cdi/suscriptos
- Ministerio de Economía, acuerdos de transporte (EE.UU., Ley 24.399; Japón, Ley 21.386): https://www.argentina.gob.ar/economia/ingresospublicos/dni/cdi/transporte; Infoleg, leyes: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/buscarNormas.do?tipoNorma=1&texto=doble+imposicion
- Intercambio de información con EE.UU.: https://www.argentina.gob.ar/noticias/partir-del-acuerdo-con-el-irs-se-realizo-el-primer-intercambio-de-informacion-financiera; https://www.argentina.gob.ar/noticias/massa-firmo-un-acuerdo-de-intercambio-de-informacion-fiscal-con-los-estados-unidos; https://www.argentina.gob.ar/noticias/intercambio-automatico-de-informacion-con-eeuu
- Convenio y Protocolo con RU, Ley 24.727, arts. 10 a 12, Protocolo puntos 4 y 6: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/40674/norma.htm
- Convenio y Protocolo con España, Ley 26.918, arts. 10 a 12 y 22, Protocolo punto 4 (escaneado, leído de la imagen, PDF págs. 10 a 13, 19 y 27): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/220000-224999/224032/norma.htm; https://biblioteca.arca.gob.ar/pdfp/AnexoI_L_26918.pdf
- Ley de Impuesto a las Ganancias t.o. 2019, arts. 74, 97, 102 y 104: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/330000-334999/332890/texact.htm
- RG ARCA 5855/2026, arts. 1 a 13 y Anexo: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/425000-429999/426363/norma.htm; modificaciones: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verVinculos.do?modo=2&id=426363
- RG 739/1999, art. 3: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/norma-61607/actualizacion
- RG 5572/2024, arts. 5 y 7: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/400000-404999/404427/norma.htm
- Ley 23.966, Bienes Personales, artículo sin número a continuación del 25: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/365/texact.htm
- Protocolo con Suiza (art. 74): página madre /guide/taxes/treaties/; el archivo está vacío.