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Guía · 1. Empezá acá

Quién regula qué en Argentina: un mapa de organismos para inversores

Última verificación: 27 oct 2026 · Estado: En cambio

Argentina es un país federal, así que un inversor trata con tres niveles de reguladores: organismos nacionales (impuestos y aduana, banco central, mercado de valores, defensa de la competencia, migraciones, alimentos y salud, reguladores sectoriales), organismos provinciales (recaudación de impuestos, registros de sociedades fuera de la Ciudad de Buenos Aires, registros de la propiedad, oficinas locales de defensa del consumidor) y oficinas municipales (tasas locales y habilitaciones comerciales). Quién regula qué surge principalmente de la Ley de Ministerios 22.520, que el Poder Ejecutivo modifica por decreto, y de la ley o el decreto de creación de cada organismo.

Para quien llega a fines de 2026, cinco cosas son las más importantes:

  1. El mapa cambió mucho entre 2024 y 2026, casi todo por decreto. La AFIP pasó a ser ARCA (Decreto 953/2024, BO 25 de octubre de 2024). El Ministerio del Interior se volvió a crear en septiembre de 2025 (DNU 658/2025) y se suprimió en julio de 2026, con sus funciones transferidas a la Jefatura de Gabinete (DNU 571/2026, BO 3 de julio de 2026). Migraciones pasó al Ministerio de Seguridad Nacional (DNU 793/2025 art. 7; Ley de Ministerios art. 22 bis). Hoy la Ley de Ministerios enumera ocho ministerios (art. 1, sustituido por el DNU 571/2026).
  2. El control de alimentos pasó de la ANMAT/INAL al SENASA en agosto de 2026. El Decreto 697/2026 (BO 3 de agosto de 2026) convirtió al SENASA en el organismo que ejecuta la política alimentaria y hace cumplir el Código Alimentario Argentino, incluidos el registro y el control posterior al ingreso de los alimentos envasados importados (Decreto 815/1999 arts. 12 y 13 y Decreto 1812/1992 arts. 5 y 15, según su texto sustituido). El decreto de creación de la ANMAT no se modificó en el mismo sentido, por lo que existe una superposición en los papeles (ver Trampas prácticas).
  3. Los reguladores del gas y de la electricidad se fusionaron. La Ley 27.742 art. 161 creó el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad para reemplazar al ENRE y al ENARGAS; el Decreto 452/2025 (BO 7 de julio de 2025) lo constituyó. Infoleg muestra resoluciones separadas del ENRE y del ENARGAS hasta mayo de 2026 y resoluciones del ente fusionado desde el 2 de julio de 2026 (sin confirmar).
  4. El Congreso revirtió algunas reformas. Los Decretos delegados 461/2025 y 462/2025, que disolvían o reorganizaban varios organismos, fueron rechazados por ambas cámaras (Diputados Res. 94 y 95/2025, Senado Res. 55 y 56/2025, BO 25 de agosto de 2025). La propia Ley Bases prohíbe disolver una lista de organismos que incluye a la ANMAT, el INPI, el ENACOM, la CNV, la UIF, el SENASA y la Superintendencia de Seguros (Ley 27.742 art. 3).
  5. Los primeros organismos con los que tratás son casi siempre los mismos: ARCA (CUIT, IVA, cargas sociales, aduana), la IGJ o el registro provincial de sociedades, un banco supervisado por el BCRA, la agencia tributaria provincial (Ingresos Brutos) y, para el personal extranjero, la DNM. Los reguladores sectoriales llegan después y solo si tu actividad los requiere.

Costo de hacerlo (un primer año típico, CABA, un gerente expatriado, sin actividad regulada): las tasas oficiales que se pueden documentar son bajas: ARS 100.000 (US$ 63,94) de tasa de residencia de la DNM para un nacional extra Mercosur (Decreto 584/2024 art. 2 y cuadro tarifario), ARS 0 para inscribir una base de datos ante la AAIP (Res. AAIP 132/2018 art. 4), ARS 0 para obtener la CUIT de la sociedad según lo que muestra la RG 5803/2025 (sin confirmar). Los rubros grandes son el capital (ARS 30.000.000, US$ 19.182,81, para una SAU: Ley General de Sociedades art. 186, modificado por el Decreto 209/2024) y los honorarios profesionales. Las tasas de la IGJ, el Boletín Oficial, el INPI y el SENASA no están en las fuentes (sin confirmar). Tiempo: unos 2 a 4 meses hasta estar operativo (estimación editorial usada en las páginas de sociedades de la guía (sin confirmar)). Desarrollado en el Ejemplo 1.

COMPARACIÓN: a documentar por el editor

Los montos en pesos se convierten al tipo vendedor del dólar MEP (bolsa) de ARS 1.563,90 por US$ del 23 oct 2026 (fuente: dolarapi.com, cotización MEP). Las conversiones son orientativas y cambian a diario.

Reglas clave

1. Dónde se ubican los organismos: la Ley de Ministerios

  • Ocho ministerios. El Jefe de Gabinete y ocho ministros tienen a su cargo los negocios de la Nación: Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Defensa; Economía; Justicia; Seguridad Nacional; Salud; Capital Humano; y Desregulación y Transformación del Estado (Ley 22.520 art. 1, sustituido por el DNU 571/2026 art. 1, BO 3 de julio de 2026, vigente desde su firma).
  • Sin Ministerio del Interior. El DNU 571/2026 lo suprimió y dio sus competencias al Jefe de Gabinete, asistido por un Vicejefe de Gabinete y un Vicejefe de Gabinete del Interior (considerandos; art. 17 derogado por el art. 7). Las relaciones con las provincias, la intervención federal y la coordinación de normas federales y provinciales figuran ahora entre las competencias del Jefe de Gabinete (art. 16, incisos 71 y 79).
  • Jefatura de Gabinete (JGM). También se ocupa de la política de telecomunicaciones, audiovisual y postal (art. 16, inciso 26) y "controla la aplicación de la Ley 25.326" de datos personales (inciso 27). Por eso el ENACOM y la AAIP están en la órbita de la JGM.
  • Ministerio de Economía. Mercado de capitales (art. 20, inciso 24), seguros y reaseguros (inciso 25), política energética y entes reguladores de la energía (incisos 30 a 32), defensa del consumidor y política de competencia, incluida la supervisión de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia "hasta tanto se constituya la Autoridad Nacional de la Competencia" (incisos 39 a 42), e inocuidad de los productos agroalimentarios, bebidas y alimentos envasados "cualquiera sea su origen", junto con el SENASA (incisos 74 a 76, inciso 74 sustituido por el DNU 771/2026). ARCA también está en la órbita de Economía (Decreto 953/2024 art. 2).
  • Ministerio de Justicia. Inscripción de los contratos de sociedades y fiscalización de asociaciones y fundaciones (art. 22, inciso 14), y registros de la propiedad y de derechos (inciso 15). Es el ministerio de la IGJ. La UIF funciona "en jurisdicción del Ministerio de Justicia" (Ley 25.246 art. 5, sustituido por el Decreto 8/2023).
  • Ministerio de Seguridad Nacional. Política migratoria, refugiados y derechos y deberes de los extranjeros (art. 22 bis, incisos 26 a 28, sustituido por el DNU 825/2025). Las referencias al Ministerio del Interior en la Ley 25.871 (migraciones) y en la Ley 17.671 (Registro Nacional de las Personas) se entienden hechas a este ministerio (DNU 793/2025 art. 7).
  • Ministerio de Salud. Normas y "rectoría" sobre alimentos desde el punto de vista sanitario (art. 23, inciso 20) y fiscalización de medicamentos, productos biológicos y productos médicos, pero en productos de higiene, cosméticos y domisanitarios solo "la determinación de las sustancias prohibidas y permitidas condicionalmente" (inciso 16, sustituido por el DNU 771/2026 art. 2, BO 21 de agosto de 2026).
  • Ministerio de Capital Humano. Relaciones laborales individuales y colectivas, negociación colectiva y seguridad social (art. 23 bis). La autoridad laboral dentro de este ministerio es la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (mencionada en el Decreto 408/2026 arts. 2 y 4 y en el Decreto 1228/2026).

2. Impuestos y aduana: ARCA (ex AFIP, DGI, DGA)

  • Creación. El Decreto 953/2024 disolvió la AFIP y creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía (arts. 1 y 2), a cargo de un Director Ejecutivo designado por cuatro años (art. 3), con un Director General para la Dirección General Impositiva (DGI) y otro para la Dirección General de Aduanas (DGA) (art. 4). ARCA es la continuadora jurídica de la AFIP (art. 6) y ejerce sus facultades según las Leyes 11.683 (procedimiento tributario), 22.091 y 22.415 (Código Aduanero) (art. 7).
  • Seguridad social. Las facultades sobre los aportes y contribuciones de la seguridad social, antes a cargo de una dirección separada (DGRSS), las ejerce la DGI (art. 10).
  • Base legal y control. Se dictó en uso de las facultades delegadas de la Ley 27.742 art. 3(b); se rinde cuenta a la Comisión Bicameral (art. 13).
  • Cuándo tratás con ARCA. CUIT de la sociedad y de cada director, inscripción en IVA y en el Impuesto a las Ganancias, declaraciones de cargas sociales, cada importación y exportación, regímenes de retención, el perfil de importador/exportador. Ver CUIT, bancos y directores y registro de importadores.

3. Banco central: BCRA

  • Naturaleza. Entidad autárquica del Estado nacional regida por su Carta Orgánica, la Ley 24.144 (Carta Orgánica art. 1; página del BCRA).
  • Mandato. Estabilidad monetaria, estabilidad financiera, empleo y desarrollo económico con equidad social (art. 3).
  • Supervisión. Supervisa la actividad financiera y cambiaria a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, que depende del presidente del BCRA (art. 43).
  • Cuándo tratás con el BCRA. De forma indirecta, a través de tu banco: acceso al mercado de cambios, regímenes informativos de deuda externa e inversión directa, pago de dividendos. Ver controles cambiarios.
  • Pendiente. La página del BCRA registra que el 5 de agosto de 2026 funcionarios del BCRA presentaron ante la Cámara de Diputados los fundamentos económicos para reformar la Carta Orgánica. No hay ninguna ley de reforma en las fuentes (sin confirmar).

4. Mercado de valores: CNV

  • Naturaleza. Entidad autárquica del Estado nacional (Ley 26.831 art. 6). El texto todavía canaliza la relación con el Poder Ejecutivo a través del "Ministerio de Finanzas", un ministerio que ya no existe; el mercado de capitales hoy depende del Ministerio de Economía (Ley de Ministerios art. 20, inciso 24).
  • Facultades. Autoridad de aplicación de la Ley de Mercado de Capitales; supervisa, regula e inspecciona a los participantes del mercado y la oferta pública (art. 19).
  • Protegida. No puede disolverse en uso de la delegación de la Ley Bases (Ley 27.742 art. 3).
  • Cuándo tratás con la CNV. Al emitir obligaciones negociables o acciones, administrar un fondo o inscribirte como proveedor de servicios de activos virtuales. Ver oferta pública ante la CNV y PSAV.

5. Sociedades: IGJ y registros provinciales

  • IGJ. La Inspección General de Justicia lleva el Registro Público y fiscaliza a las sociedades por acciones (salvo las sujetas a la CNV), a las sociedades extranjeras que realizan actos habituales o abren sucursales, y a las asociaciones y fundaciones (Ley 22.315 art. 3). Inscribe los contratos de sociedad y sus modificaciones (art. 4).
  • Ámbito territorial. Solo la Ciudad de Buenos Aires (el texto dice Capital Federal) y Tierra del Fuego (Ley 22.315 art. 2). Cada provincia tiene su propio registro (por ejemplo, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en la Provincia de Buenos Aires). Ver IGJ y registros provinciales.
  • Ministerio. Justicia (Ley de Ministerios art. 22, inciso 14).

6. Prevención del lavado de activos: UIF

  • Naturaleza. Unidad de Información Financiera, con autonomía y autarquía financiera, en jurisdicción del Ministerio de Justicia (Ley 25.246 art. 5).
  • Función. Analiza y transmite información para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo (art. 6); una larga lista de sujetos obligados debe informarle (art. 20) según las normas que dicta (art. 21). La Ley 27.739 (BO 15 de marzo de 2024) reformó el régimen.
  • Cuándo tratás con la UIF. Solo si tu negocio es sujeto obligado (bancos, fintechs, inmobiliarias, escribanos, aseguradoras, PSAV y otros), o de forma indirecta cuando tu banco te pide documentación KYC. Ver prevención del lavado de activos y KYC.

7. Defensa de la competencia: CNDC y la nueva Autoridad Nacional de la Competencia

  • Ley. La Ley 27.442 (BO 15 de mayo de 2018) creó la Autoridad Nacional de la Competencia (ANC) como organismo descentralizado y autárquico (art. 18). Durante años, la Secretaría de Comercio y la antigua CNDC aplicaron la ley en su lugar.
  • Puesta en marcha. El Decreto 803/2025 (BO 13 de noviembre de 2025) y el Decreto 810/2025 (BO 17 de noviembre de 2025) pusieron en funcionamiento la ANC y designaron en comisión a los miembros de su Tribunal; el Tribunal dictó la Res. TDC 6/2026 (BO 16 de enero de 2026), que fijó la unidad móvil de 2026 en ARS 1.450,05 (según el resumen de la página de defensa de la competencia de la guía). La Ley de Ministerios sigue refiriéndose a la CNDC "hasta tanto se constituya la ANC" (art. 20, inciso 42), una redacción que no se actualizó (sin confirmar).
  • Concentraciones. Un volumen de negocios conjunto en Argentina superior a 100.000.000 UM, ARS 145.005.000.000 (US$ 92.720.122,77), obliga a notificar (Ley 27.442 art. 9). Desde las 00:00 del 17 de noviembre de 2026 el control pasa a ser previo y suspensivo: cerrar la operación antes de la aprobación se sanciona (Disp. TDC 29/2026, BO 22 de septiembre de 2026).

8. Datos personales: AAIP

  • Naturaleza. La Agencia de Acceso a la Información Pública es un ente autárquico con autonomía funcional en el ámbito de la Jefatura de Gabinete (Ley 27.275 art. 19). Es el órgano de control de la Ley 25.326 de protección de datos personales desde el Decreto 899/2017.
  • Cuándo tratás con la AAIP. Inscripción de bases de datos (gratuita: Res. AAIP 132/2018 art. 4), cláusulas de transferencia internacional, denuncias. Ver protección de datos personales.

9. Telecomunicaciones y medios: ENACOM

  • Creación. El DNU 267/2015 (BO 4 de enero de 2016) creó el ENACOM como autoridad de aplicación de la Ley 26.522 de servicios audiovisuales y de la Ley 27.078 de TIC (art. 1).
  • Intervenido desde 2024. El Decreto 89/2024 (BO 29 de enero de 2024) intervino el ENACOM por 180 días; la intervención se prorrogó por los Decretos 675/2024 y 448/2025 y hoy corre del 5 de enero de 2026 al 4 de enero de 2027, con el interventor a cargo de las facultades del directorio (Decreto 938/2025 arts. 1 y 3, BO 2 de enero de 2026). Depende de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la JGM. Su estructura de primer nivel se aprobó por el Decreto 512/2025 (BO 29 de julio de 2025).
  • Cuándo tratás con el ENACOM. Licencias e inscripciones de telecomunicaciones, espectro, homologación de equipos, radiodifusión. No puede disolverse en uso de la Ley 27.742 art. 3.

10. Energía: ENRE, ENARGAS y el ente fusionado

  • Fusión. La Ley 27.742 art. 161 creó el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que "una vez constituido" reemplaza al ENRE (Ley 24.065 art. 54) y al ENARGAS (Ley 24.076 art. 50); hasta entonces, ambos siguen funcionando.
  • Constitución. El Decreto 452/2025 (BO 7 de julio de 2025) lo constituyó en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, con autarquía, un directorio de cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo tras un proceso de selección y 180 días corridos para comenzar a funcionar (arts. 1, 2, 4 y 5).
  • La realidad. Los 180 días vencieron a principios de enero de 2026, pero las listas de Infoleg de normas vinculadas a las Leyes 24.065 y 24.076 muestran resoluciones del ENARGAS hasta el 5 de mayo de 2026, resoluciones del ENRE hasta el 4 de mayo de 2026 y resoluciones del ente fusionado desde el 2 de julio de 2026 (por ejemplo, la Res. 199/2026 y una metodología de multas del 8 de julio de 2026). La fecha exacta del traspaso no está en las fuentes (sin confirmar).

11. Seguros: SSN

  • Función. La Superintendencia de Seguros de la Nación controla a todas las aseguradoras (Ley 20.091 art. 64); es una entidad autárquica con autonomía funcional y financiera (art. 65, que todavía menciona al antiguo Ministerio de Finanzas). La política de seguros hoy depende del Ministerio de Economía (Ley de Ministerios art. 20, inciso 25). Está protegida contra la disolución por la Ley 27.742 art. 3.
  • Cuándo tratás con la SSN. Al crear una aseguradora o un productor de seguros, o al contratar coberturas obligatorias (por ejemplo, el seguro de riesgos del trabajo, cuyo supervisor es otro organismo, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo).

12. Migraciones: DNM

  • Función. La Dirección Nacional de Migraciones es la autoridad de aplicación de la Ley de Migraciones: admisión, residencias, prórrogas y control de ingreso y egreso (Ley 25.871 art. 107). Hoy depende del Ministerio de Seguridad Nacional (DNU 793/2025 art. 7; la página de tasas de la DNM lleva el encabezado "Ministerio de Seguridad Nacional").
  • Tasas. Se fijan en unidades de servicios migratorios: 1 UMSM = ARS 1.000 (Decreto 584/2024 art. 2). Una residencia temporaria o permanente tramitada en Argentina cuesta 50 UMSM para nacionales del Mercosur y 100 UMSM para los demás (cuadro tarifario de la DNM).
  • Cambios de 2025 a 2026. El DNU 366/2025 (BO 29 de mayo de 2025) reformó las normas de migraciones y ciudadanía; el DNU 681/2026 (BO 30 de julio de 2026) agregó los discursos de odio o la incitación a la violencia contra argentinos como causales para negar el ingreso o cancelar la residencia (Ley 25.871 arts. 29(m) y 62(h)). Ver visas y residencia.

13. Trabajo: Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

  • Función. Las relaciones laborales, la negociación colectiva, el registro de los convenios colectivos y la política de inspección del trabajo corresponden al Ministerio de Capital Humano (Ley de Ministerios art. 23 bis); la Secretaría dicta normas complementarias, por ejemplo junto con ARCA sobre los nuevos Fondos de Asistencia Laboral (Decreto 408/2026 art. 2, reglamentario de la Ley 27.802).
  • Provincias. La inspección laboral cotidiana es en buena medida provincial (sin confirmar).
  • Reforma. La Ley 27.802 (Ley de Modernización Laboral, BO 6 de marzo de 2026) modificó la Ley de Contrato de Trabajo y creó los Fondos de Asistencia Laboral. Ver contratos de trabajo e indemnizaciones.

14. Agroalimentos y, desde agosto de 2026, alimentos envasados: SENASA

  • Naturaleza. Organismo descentralizado con autarquía económica, financiera y técnica, autoridad de aplicación de la Ley 27.233 de sanidad animal y vegetal y calidad agroalimentaria (Ley 27.233 art. 5), hoy en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía (Decreto 815/1999 art. 12).
  • Aplicación del Código Alimentario. Desde el Decreto 697/2026, el SENASA "ejecuta la política que en materia alimentaria dicte el gobierno y vela por el cumplimiento del Código Alimentario Argentino" (Decreto 815/1999 art. 12, sustituido por el Decreto 697/2026 art. 13). Inscribe productos y establecimientos en el Registro Único, controla los alimentos envasados "elaborados en el país o importados" que no estén a cargo de otro organismo, fija los materiales prohibidos y permitidos en contacto con alimentos, emite certificados de exportación y puede suspender importaciones riesgosas (art. 13(b), (c), (e), (f), (h), (i), (j)).
  • Control de importaciones. Los alimentos envasados para venta directa al público los controla el SENASA después del ingreso, y ese control no puede obstaculizar la libre disposición comercial de la mercadería por el importador (Decreto 1812/1992 art. 5, sustituido por el Decreto 697/2026 art. 26). El SENASA lleva el registro de productos alimenticios importados y fija los aranceles de inscripción (arts. 15 y 19, sustituidos por los arts. 29 y 30).
  • El papel residual de Salud. La Secretaría de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud tiene la "rectoría" sobre alimentos desde el punto de vista de la salud humana y aprueba en forma conjunta las modificaciones del Código Alimentario (Decreto 815/1999 arts. 3, 14 y 15, según su texto sustituido).

15. Medicamentos, productos médicos y cosméticos: ANMAT, y el lugar del INAL

  • ANMAT. Creada por el Decreto 1490/1992 con competencia sobre medicamentos y tecnología médica, alimentos envasados, productos domisanitarios y cosméticos (art. 3(a) a (c)). La Ley Bases prohíbe su disolución (Ley 27.742 art. 3).
  • INAL. El Instituto Nacional de Alimentos se integró a la ANMAT en 1992 (Decreto 1490/1992 art. 5) y todavía gestionaba las autorizaciones de importación de alimentos y los registros nacionales de establecimientos (RNE) y de productos alimenticios (RNPA) hasta la Disp. ANMAT 537/2025 (BO 30 de enero de 2025, arts. 1 y 2).
  • Después de agosto de 2026. El Decreto 697/2026 sacó a la ANMAT y al INAL del Sistema Nacional de Control de Alimentos, que ahora integran la Secretaría de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud y el SENASA (Decreto 815/1999 art. 4, sustituido por el art. 12). Las inscripciones que cambiaron de organismo siguen vigentes sin necesidad de reinscripción (Decreto 697/2026 art. 32). Los considerandos dicen que las "competencias específicas en su ámbito material" de la ANMAT quedan intactas. El Decreto 1490/1992 art. 3(b) sigue mencionando los alimentos envasados en el texto actualizado de Infoleg, y ninguna fuente registra si el INAL se disolvió, se vació o se mantuvo para algunos productos (sin confirmar).

16. Propiedad intelectual: INPI

  • Naturaleza. El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial es un organismo autárquico, autoridad de aplicación de la ley de patentes, de la Ley 22.362 de marcas y de la Ley 22.426 de transferencia de tecnología (Ley 24.481 art. 93 en su texto original publicado (sin confirmar)). Está protegido por la Ley 27.742 art. 3.
  • Contratos de tecnología. La inscripción de los contratos de transferencia de tecnología es ahora optativa y meramente informativa, pero está estrechamente vinculada con el tratamiento en el Impuesto a las Ganancias (Res. INPI 38/2026, considerandos). Ver importación de servicios.

17. Inmuebles: registros provinciales de la propiedad y el registro de tierras rurales

  • Registros de la propiedad. Cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires llevan un Registro de la Propiedad Inmueble (Ley 17.801 art. 1). Allí se inscriben las escrituras que constituyen, transmiten o extinguen derechos reales, y las órdenes judiciales como los embargos, para que sean oponibles a terceros (art. 2). La organización, los aranceles y el procedimiento los fija la ley local (art. 38).
  • Registro de tierras rurales. La Ley 26.737 creó el Registro Nacional de Tierras Rurales (art. 14) para controlar los límites a la titularidad extranjera de tierras rurales. Toda la ley fue derogada por el DNU 70/2023 art. 154 (ficha de Infoleg). En Infoleg no aparece un rechazo del DNU 70/2023 por ambas cámaras (verificado el 26 de octubre de 2026), pero la derogación se apoya en un decreto, no en una ley. Las zonas de seguridad de frontera siguen requiriendo autorización previa (Decreto Ley 15.385/1944). Ver titularidad extranjera de inmuebles y zonas de frontera.

18. Consumidores: autoridades nacionales y locales

  • Dos niveles. La Secretaría de Comercio de la Nación es la autoridad de aplicación; las provincias y la Ciudad de Buenos Aires actúan como autoridades locales para las infracciones cometidas en su territorio (Ley 24.240 art. 41). En la práctica, la tarea nacional la hacen la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial y su dirección (disposiciones citadas en la página de defensa del consumidor).
  • COPREC disuelto. El servicio nacional de conciliación previa terminó el 1 de febrero de 2025 (Decreto 55/2025 arts. 1, 6 y 7).

19. Agencias tributarias provinciales y la Comisión Arbitral

  • Agencias provinciales. Ingresos Brutos, el impuesto de sellos provincial y el impuesto inmobiliario los recaudan agencias provinciales: en la Ciudad de Buenos Aires, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP); en la Provincia de Buenos Aires, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA); en Córdoba, la Dirección General de Rentas; en Santa Fe, la Administración Provincial de Impuestos (API); en Mendoza, la Administración Tributaria Mendoza (ATM) (nombres tal como figuran en las leyes impositivas 2025 o 2026 de cada jurisdicción incluidas en las fuentes). Ver Ingresos Brutos.
  • Comisión Arbitral. Si vendés en más de una provincia, el Convenio Multilateral distribuye tu base imponible de Ingresos Brutos. Lo aplican una Comisión Plenaria y una Comisión Arbitral (CM art. 15), que dicta resoluciones generales interpretativas y resuelve las controversias entre provincias y contribuyentes (art. 24). Administra el sistema de declaraciones SIFERE y regímenes de recaudación como el SIRCREB (retenciones sobre cuentas bancarias).

20. Tribunal Fiscal: Tribunal Fiscal de la Nación

  • Función. Entiende en los recursos contra las determinaciones y multas tributarias y aduaneras de ARCA, salvo en materia de contrabando (Ley 11.683 art. 144); tiene autarquía administrativa y financiera (art. 154).
  • Acceso. El recurso se interpone dentro de los 15 días hábiles de la notificación, sin pago previo del impuesto (arts. 166 y 167), pero con una tasa de actuación del 2,5% sobre el monto en discusión (Ley 25.964, según el resumen de la página de procedimiento tributario de la guía).

Paso a paso

  1. Describí la actividad en una oración (por ejemplo, "importar y distribuir galletitas envasadas en CABA y Córdoba"). Anotá si vendés a consumidores, si empleás personal, si importás, si tratás datos personales o si necesitás una licencia.
  2. Empezá por los organismos universales. Todo negocio necesita ARCA (CUIT, IVA, Impuesto a las Ganancias, cargas sociales), un registro de sociedades (la IGJ en CABA, el registro provincial en el resto del país), un banco y la agencia tributaria provincial de cada provincia donde vende (más la Comisión Arbitral si son varias). Tiempo: de semanas a meses; en línea con la Clave Fiscal de ARCA y, para la IGJ, con la plataforma TAD (sin confirmar).
  3. Revisá la Ley de Ministerios (Ley 22.520, texto actualizado de Infoleg). Buscá en ella la materia. El inciso te indica qué ministerio es competente; el decreto de estructura del ministerio te indica la secretaría (sin confirmar).
  4. Identificá el organismo específico y su norma de creación. Usá la búsqueda por número de Infoleg y después la lista "modifica o complementa" (verVinculos modo=2) para detectar los últimos cambios. Muchas competencias se trasladaron por decreto en 2025 y 2026, así que no confíes en el nombre de un organismo que aparezca en un modelo de contrato o en una guía anterior.
  5. Verificá si el organismo está en transición. Señales: un decreto de "intervención" (ENACOM), un decreto de constitución con un plazo de puesta en marcha (el ente regulador del gas y la electricidad) o un decreto de transferencia con una cláusula que mantiene vigentes las inscripciones existentes (Decreto 697/2026 art. 32).
  6. Revisá el nivel provincial. Los establecimientos alimentarios, los reclamos de consumidores, la inspección laboral, los permisos ambientales y las habilitaciones comerciales municipales son total o parcialmente locales (sin confirmar).
  7. Inscribite en línea siempre que puedas. La mayoría de los organismos nacionales usa la plataforma TAD (Trámites a Distancia) o su propio portal con la Clave Fiscal de ARCA.
  8. Agendá las obligaciones periódicas y la fecha de cualquier reforma pendiente (Carta Orgánica del BCRA, proyecto de ley de protección de datos, régimen de concentraciones desde el 17 de noviembre de 2026).

Costo de hacerlo. Leer las normas es gratis en línea. Las inscripciones ante ARCA y la AAIP no tienen arancel en los textos revisados; la DNM, la IGJ, el INPI y el SENASA cobran tasas (DNM documentada arriba; las demás (sin confirmar)). Capital: solo cuando lo exige la forma jurídica o la actividad regulada.

Costos y plazos

Tabla 1. El mapa de organismos

Organismo (sigla) Ministerio u órbita Qué regula Norma de creación Sitio web Cuándo trata con él un inversor
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con la DGI y la DGA Economía Impuestos nacionales, aportes y contribuciones de la seguridad social, aduana Decreto 953/2024 arts. 2, 4, 7, 10; Leyes 11.683 y 22.415 arca.gob.ar Desde el primer día: CUIT, inscripción impositiva y de cargas sociales; cada importación y exportación
Banco Central de la República Argentina (BCRA) Autárquico Moneda, bancos, mercado de cambios Ley 24.144 (Carta Orgánica) arts. 1, 3, 43 bcra.gob.ar A través de tu banco: acceso al mercado de cambios, regímenes informativos de deuda e IED, dividendos
Comisión Nacional de Valores (CNV) Autárquica; política en Economía Mercado de capitales, oferta pública, fondos, PSAV Ley 26.831 arts. 6 y 19 cnv.gov.ar Emisión de valores, fondos, servicios cripto
Inspección General de Justicia (IGJ) Justicia Registro y fiscalización de sociedades en CABA; sociedades extranjeras; asociaciones Ley 22.315 arts. 2 a 4 argentina.gob.ar/justicia/igj Constitución, inscripción de sucursales, presentaciones anuales en CABA
Registros provinciales de sociedades (por ejemplo, DPPJ Buenos Aires) Cada provincia Lo mismo, fuera de CABA Leyes provinciales Sitios provinciales Si la sociedad tiene domicilio en una provincia
Unidad de Información Financiera (UIF) Justicia Lavado de activos y financiación del terrorismo Ley 25.246 arts. 5, 6, 20, 21 argentina.gob.ar/uif Si sos sujeto obligado; indirectamente, a través del KYC
Autoridad Nacional de la Competencia (ANC), ex CNDC Autárquica; política en Economía Concentraciones, carteles, abuso de posición dominante Ley 27.442 arts. 9 y 18; Decretos 803 y 810/2025 argentina.gob.ar Adquisiciones por encima del umbral; control suspensivo desde el 17 nov 2026
Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) Jefatura de Gabinete Datos personales; acceso a la información pública Ley 27.275 art. 19; Decreto 899/2017 argentina.gob.ar/aaip Inscripción de bases de datos, cláusulas de transferencia
Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) Jefatura de Gabinete (Secretaría de Innovación); intervenido Telecomunicaciones, TIC, radiodifusión, servicios postales DNU 267/2015 art. 1; Decreto 938/2025 enacom.gob.ar Licencias de telecomunicaciones o medios, espectro, equipos
Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (reemplaza al ENRE y al ENARGAS) Economía (Secretaría de Energía) Transporte y distribución de gas y electricidad Ley 27.742 art. 161; Decreto 452/2025 Empresas de servicios públicos, grandes usuarios, generadores, distribuidoras de gas
Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) Autárquica; política en Economía Aseguradoras y productores de seguros Ley 20.091 arts. 64 y 65 argentina.gob.ar/ssn Negocio asegurador; coberturas obligatorias
Dirección Nacional de Migraciones (DNM) Seguridad Nacional Ingreso, residencia, extranjeros Ley 25.871 art. 107; Decreto 584/2024 argentina.gob.ar/migraciones Residencias y permisos de trabajo para el personal extranjero
Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Capital Humano Relaciones laborales, convenios colectivos Ley de Ministerios art. 23 bis argentina.gob.ar/trabajo Contrataciones, convenios colectivos, conflictos
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) Economía (Secretaría de Agricultura) Sanidad animal y vegetal, agroalimentos y, desde ago 2026, toda la aplicación del Código Alimentario Ley 27.233 art. 5; Decretos 1585/1996, 815/1999, 697/2026 argentina.gob.ar/senasa Agronegocios, producción de alimentos, importación y exportación de alimentos
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) Salud Medicamentos, productos médicos, cosméticos, domisanitarios (función alimentaria reducida) Decreto 1490/1992 arts. 2 a 4 argentina.gob.ar/anmat Industria farmacéutica, productos médicos, cosméticos
Instituto Nacional de Alimentos (INAL) Dentro de la ANMAT Registro de alimentos envasados hasta ago 2026 Decreto 1490/1992 art. 5; Disp. 537/2025 argentina.gob.ar/anmat Números de RNE y RNPA heredados (sin confirmar)
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) Economía Patentes, marcas, modelos y diseños, contratos de tecnología Ley 24.481 art. 93 (sin confirmar) argentina.gob.ar/inpi Solicitud de marcas; inscripción optativa de contratos de tecnología
Registro de la Propiedad Inmueble Cada provincia y CABA Títulos y gravámenes inmobiliarios Ley 17.801 arts. 1, 2, 38 Sitios locales Compra de inmuebles, hipotecas, due diligence
Registro Nacional de Tierras Rurales (Era Justicia) Límites a la titularidad extranjera de tierras rurales Ley 26.737 art. 14, derogada por el DNU 70/2023 art. 154 n/a Ya no se aplica (sin confirmar)
Defensa del Consumidor (Subsecretaría nacional y oficinas locales) Economía (Comercio) y provincias Derechos de los consumidores Ley 24.240 art. 41 argentina.gob.ar/produccion/defensadelconsumidor Venta a consumidores, reclamos, multas
Agencias tributarias provinciales (AGIP, ARBA, DGR Córdoba, API, ATM y otras) Provincias Ingresos Brutos, sellos e impuesto inmobiliario Códigos fiscales provinciales Sitios locales Inscripción en cada provincia donde vendés
Comisión Arbitral del Convenio Multilateral Interprovincial Distribución de Ingresos Brutos entre provincias Convenio Multilateral arts. 15 y 24 ca.gob.ar Vendedores en varias provincias (SIFERE, SIRCREB)
Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) Autárquico; órbita de Economía Recursos contra determinaciones de ARCA Ley 11.683 arts. 144, 154, 166, 167 argentina.gob.ar/tribunalfiscal Discutir una determinación tributaria o aduanera

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Tabla 2. Umbrales, tasas y plazos que un inversor encuentra en estos organismos

Concepto Monto o plazo USD a ARS 1.563,90 Fundamento
Capital mínimo, SA o SAU ARS 30.000.000 19.182,81 Ley General de Sociedades art. 186; Decreto 209/2024
Tasa de residencia de la DNM, extra Mercosur, tramitada en Argentina 100 UMSM = ARS 100.000 63,94 Decreto 584/2024 art. 2; cuadro tarifario de la DNM
Tasa de residencia de la DNM, nacional del Mercosur 50 UMSM = ARS 50.000 31,97 Ídem
Inscripción de bases de datos ante la AAIP ARS 0 0 Res. AAIP 132/2018 art. 4
Umbral de notificación de concentraciones 100.000.000 UM = ARS 145.005.000.000 92.720.122,77 Ley 27.442 art. 9; Res. TDC 6/2026
Exención de minimis en concentraciones (monto de la operación y activos en Argentina) 20.000.000 UM = ARS 29.001.000.000 18.544.024,55 Ley 27.442 art. 11(e)
Plazo de análisis de concentraciones 45 días hábiles administrativos desde la presentación completa n/a Ley 27.442 art. 14
Comienzo del control suspensivo de concentraciones 00:00, 17 de noviembre de 2026 n/a Disp. TDC 29/2026
Plazo para recurrir ante el Tribunal Fiscal 15 días hábiles desde la notificación n/a Ley 11.683 art. 166
Tasa de actuación ante el Tribunal Fiscal 2,5% del monto en discusión n/a Ley 25.964
Decisión del SENASA sobre la autorización de un producto alimenticio 30 días; vencido ese plazo, el producto puede venderse con el número de trámite hasta su aprobación n/a Decreto 2126/1971 Anexo II art. 3, sustituido por el Decreto 697/2026 art. 3
Inspección del SENASA antes del ingreso cuando la mercadería muestra deterioro o la documentación es inconsistente 3 días hábiles (prorrogables una vez) n/a Decreto 1812/1992 art. 7, según su texto sustituido
Control del SENASA previo al libramiento ante un riesgo documentado 5 días hábiles (prorrogables) n/a Decreto 1812/1992 art. 8, según su texto sustituido
Cambio de rótulos al número de establecimiento "SENASA N°" 2 años desde el 3 ago 2026 n/a Decreto 815/1999 art. 31, según su texto sustituido
Inspección del SENASA tras una solicitud completa de establecimiento 30 días n/a Decreto 815/1999 art. 30, según su texto sustituido
Tasa de estadística sobre importaciones 3% hasta el 31 dic 2027, con topes por tramo (USD 180, 3.000, 30.000, 150.000) n/a Decreto 1140/2024 arts. 1 y 3 y cuadro de topes
Intervención del ENACOM 5 ene 2026 a 4 ene 2027 n/a Decreto 938/2025 art. 1
Puesta en marcha del ente regulador del gas y la electricidad 180 días corridos desde el 7 jul 2025 n/a Decreto 452/2025 art. 1

Tabla 3. Cronología de las normas de reestructuración, 2023 a 2026 (fechas del BO)

Fecha del BO Norma Qué hizo
21 dic 2023 DNU 70/2023 Desregulación; el art. 154 derogó la Ley de Tierras Rurales 26.737
29 ene 2024 Decreto 89/2024 Intervención del ENACOM
15 mar 2024 Ley 27.739 Reforma del régimen de prevención del lavado de activos (modificación de la Ley 25.246)
8 jul 2024 Ley 27.742 Ley Bases: facultades delegadas para reorganizar organismos (art. 3), lista de organismos que no pueden disolverse, ente regulador del gas y la electricidad (art. 161)
5 jul 2024 Decreto 584/2024 Tasas migratorias en UMSM
25 oct 2024 Decreto 953/2024 Disolución de la AFIP, creación de ARCA
20 ene 2025 Decreto 35/2025 Los alimentos importados certificados por países del Anexo III se consideran conformes al Código Alimentario
30 ene 2025 Disp. ANMAT 537/2025 Procedimientos del INAL para importación, RNE y RNPA
29 may 2025 DNU 366/2025 Reforma de migraciones y ciudadanía
7 jul 2025 Decreto 452/2025 Constitución del ente regulador del gas y la electricidad
8 jul 2025 Decretos 461/2025 y 462/2025 Disolvieron organismos de seguridad vial y de transporte y el regulador del cannabis, entre otros
29 jul 2025 Decreto 512/2025 Estructura del ENACOM
5 ago 2025 Decreto 538/2025 Disolución de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL); la ANMAT y la Secretaría de Agricultura actualizan el Código Alimentario en forma conjunta
25 ago 2025 Resoluciones del Congreso Rechazo de los Decretos 461/2025 y 462/2025 por ambas cámaras
15 sep 2025 DNU 658/2025 Creación del Ministerio del Interior (nueve ministerios)
11 nov 2025 DNU 793/2025 Las referencias en materia de migraciones e identificación pasan de Interior a Seguridad Nacional
13 y 17 nov 2025 Decretos 803/2025 y 810/2025 Puesta en marcha de la autoridad de competencia; designación del Tribunal
20 nov 2025 DNU 825/2025 Nueva redacción de las competencias de Seguridad Nacional, incluidas las migratorias (art. 22 bis)
2 ene 2026 Decreto 938/2025 Prórroga de la intervención del ENACOM hasta el 4 ene 2027
26 ene 2026 DNU 41/2026 Modificación del Código Aduanero (Ley 22.415)
6 mar 2026 Ley 27.802 Ley de Modernización Laboral
3 jul 2026 DNU 571/2026 Supresión del Ministerio del Interior; ocho ministerios
30 jul 2026 DNU 681/2026 Nuevas causales para negar o cancelar la residencia
3 ago 2026 Decreto 697/2026 Aplicación del Código Alimentario y control de alimentos importados concentrados en el SENASA
21 ago 2026 DNU 771/2026 Adecuación de la Ley de Ministerios: Economía se ocupa de la inocuidad alimentaria; Salud conserva la "rectoría" sobre alimentos y las sustancias prohibidas en cosméticos
22 sep 2026 Disp. TDC 29/2026 Control suspensivo de concentraciones desde el 17 nov 2026

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: los organismos con los que trata una empresa extranjera en su primer año, en orden

Hechos. Una empresa española de software constituye una sociedad anónima unipersonal (SAU) en la Ciudad de Buenos Aires para vender suscripciones a empresas argentinas y a algunos consumidores en CABA y en la Provincia de Buenos Aires. Envía a un gerente español y contrata a cinco empleados locales. Tipo de cambio ARS 1.563,90 por US$ (dólar MEP, 23 de octubre de 2026, según algunos resúmenes secundarios (sin confirmar)).

Mes Paso Organismo Costo oficial documentado (ARS) USD Fundamento
0 La casa matriz designa un representante; documentos apostillados en el exterior Escribano extranjero (fuera de Argentina) sin documentar n/a (sin confirmar)
1 Inscribir a la casa matriz como socia extranjera y constituir la SAU IGJ (Ministerio de Justicia) Tasa de la IGJ (sin confirmar); aviso en el BO (sin confirmar) n/a Ley 22.315 arts. 3 y 4
1 Integrar el capital mínimo Banco (supervisado por el BCRA) 30.000.000 (capital, no tasa) 19.182,81 Ley General de Sociedades art. 186; Decreto 209/2024
1 a 2 CUIT de la sociedad y de los directores; inscripción en IVA y en el Impuesto a las Ganancias ARCA (DGI) 0 (sin confirmar) 0 RG 5803/2025; Decreto 953/2024 art. 4
2 Cuenta bancaria; registrar el ingreso del capital Banco y normas del BCRA Comisiones bancarias (sin confirmar) n/a Normas cambiarias (ver la página de controles cambiarios)
2 Inscripción en Ingresos Brutos en CABA y PBA bajo el Convenio Multilateral AGIP, ARBA y Comisión Arbitral 0 (sin confirmar) n/a CM arts. 15 y 24
2 Residencia del gerente español DNM (Seguridad Nacional) 100.000 63,94 Decreto 584/2024 art. 2; cuadro tarifario
2 a 3 DNI para extranjeros RENAPER 20.000 12,79 Tarifario del RENAPER (páginas de migraciones)
2 Inscribir la base de datos de clientes AAIP (Jefatura de Gabinete) 0 0 Res. 132/2018 art. 4
2 Solicitar la marca INPI (Economía) Tasa del INPI (sin confirmar) n/a Ley 24.481; Ley 22.362
3 Contratar personal; revisar cargas sociales y convenio colectivo ARCA (DGI, seguridad social) y Secretaría de Trabajo 0 de arancel de inscripción (sin confirmar); contribuciones según la página de cargas sociales n/a Decreto 953/2024 art. 10; Ley de Ministerios art. 23 bis
3 Condiciones para consumidores, botones de arrepentimiento y de baja en el sitio web Subsecretaría nacional de Defensa del Consumidor y oficinas locales 0 0 Ley 24.240 art. 41; Disp. 954/2025
4 a 12 Declaraciones mensuales de IVA, cargas sociales e Ingresos Brutos ARCA; AGIP; ARBA impuestos, no tasas n/a Páginas de impuestos
12 Estados contables anuales y declaración de beneficiario final IGJ Tasa anual de la IGJ (sin confirmar) n/a Normas de la IGJ (página de cumplimiento anual)

Total paso a paso de los desembolsos documentados (solo tasas): DNM ARS 100.000 + DNI ARS 20.000 + AAIP ARS 0 + ARCA ARS 0 = ARS 120.000 (US$ 76,73). Capital inmovilizado: ARS 30.000.000 (US$ 19.182,81). Total general de los conceptos documentados: ARS 30.120.000 (US$ 19.259,54).

Lo que falta. Los costos de la IGJ, el Boletín Oficial, el INPI y la escribanía existen, pero no están documentados; en las páginas de sociedades de la guía figuran todos como (sin confirmar). Un criterio razonable de planificación es presupuestar los honorarios profesionales por separado y tomar las tasas oficiales de arriba como un piso, no como una estimación.

Organismos con los que no trata. CNV (no ofrece valores), UIF (las suscripciones de software no son una actividad de sujeto obligado en las fuentes revisadas (sin confirmar)), la autoridad de competencia (no hay adquisición), SENASA, ANMAT, ENACOM (vender software no es en sí un servicio de telecomunicaciones (sin confirmar)), SSN más allá de la cobertura obligatoria de riesgos del trabajo.

Si, en cambio, la empresa comprara a un competidor argentino. Un volumen de negocios conjunto en Argentina de las empresas afectadas superior a ARS 145.005.000.000 (US$ 92.720.122,77) obliga a notificar (Ley 27.442 art. 9). Si la operación se cierra después de las 00:00 del 17 de noviembre de 2026, primero tiene que llegar la aprobación (Disp. TDC 29/2026), así que sumá al menos 45 días hábiles al cronograma.

Costo de hacerlo (Ejemplo 1). Tasas documentadas: ARS 120.000 (US$ 76,73). Capital: ARS 30.000.000 (US$ 19.182,81). Meses: unos 3 hasta estar operativo y 12 hasta la primera presentación anual (estimación editorial (sin confirmar)).

Ejemplo 2: los organismos para importar un alimento regulado

Hechos. Un distribuidor de Córdoba ya inscripto en ARCA como importador importa galletitas envasadas elaboradas en la Unión Europea para venta minorista. Valor CIF USD 50.000, origen extra Mercosur, sin preferencia arancelaria. IVA a la alícuota general del 21% (Ley de IVA art. 28). Derecho de importación supuesto del 16%, solo a modo ilustrativo. Tipo de cambio ARS 1.563,90.

Organismos, en orden.

  1. SENASA, antes del embarque: ¿qué vía? Desde el Decreto 697/2026, la autoridad alimentaria nacional para las importaciones es el SENASA (Decreto 1812/1992 art. 15, según su texto sustituido). Hay dos vías (Decreto 2126/1971 Anexo II art. 4, sustituido por el Decreto 697/2026 art. 4):
  2. Vía A, país reconocido. Si el producto tiene un certificado de libre venta o una autorización de comercialización de un país incluido en el Anexo III del Decreto 2126/1971 (incorporado por el Decreto 35/2025), el importador solo presenta una declaración jurada de importación con los datos de la empresa, el depósito, el producto, el rótulo y el destino, y adjunta el certificado extranjero. La autoridad "no podrá exigir requisitos adicionales", y el producto no necesita estar incorporado al Código Alimentario (Anexo I art. 2, según su texto sustituido). La lista del Anexo III no es legible en la copia de Infoleg (solo se pudo descargar la carátula del documento IF-2024-129062333) (sin confirmar).
  3. Vía B, todos los demás orígenes. Una solicitud de autorización de importación que inscribe el establecimiento (RNE), el producto (RNPA) y la declaración de sellos de advertencia nutricional frontales. El SENASA realiza una verificación analítica del lote, y el producto no puede circular ni venderse hasta que esté el resultado (Anexo II art. 4(a), según su texto sustituido).
  4. ARCA (DGA), en el despacho. Se cobran los tributos y se tramita la declaración. El control del SENASA sobre los alimentos envasados es en principio posterior al ingreso y no puede obstaculizar la disposición comercial (Decreto 1812/1992 art. 5), pero el SENASA puede inspeccionar antes del ingreso dentro de los 3 días hábiles si la mercadería muestra deterioro o la documentación es inconsistente (art. 7), y dentro de los 5 días hábiles si hay un riesgo documentado (art. 8).
  5. Autoridad sanitaria provincial (Córdoba). El depósito y el establecimiento del distribuidor necesitan habilitación sanitaria local; las provincias son invitadas a integrar el Sistema Nacional de Control de Alimentos (Decreto 815/1999 art. 4) y habilitan establecimientos según el art. 29(b) (sin confirmar).
  6. Autoridades de defensa del consumidor. Los rótulos deben estar en español, con el nombre y el domicilio del importador y el lote (Anexo II art. 4(a)(IV)); rigen los deberes de información al consumidor (Ley 24.240 art. 4).
  7. Normas del BCRA a través del banco. Pago al proveedor por el mercado de cambios desde el registro de ingreso aduanero (Com. A 8226 punto 7, según las páginas cambiarias de la guía).
  8. Agencias tributarias provinciales. Percepción de Ingresos Brutos en la aduana y sobre las ventas.

Tributos aduaneros en el despacho.

Paso Concepto Cálculo USD ARS
1 Valor en aduana CIF 50.000,00 78.195.000,00
2 Derecho de importación (supuesto 16%) 16% × 50.000 8.000,00 12.511.200,00
3 Tasa de estadística 3% × 50.000 = 1.500; por debajo del tope de USD 3.000 del tramo de USD 10.000 a 100.000 (Decreto 1140/2024) 1.500,00 2.345.850,00
4 Base imponible del IVA 50.000 + 8.000 + 1.500 (Ley de IVA art. 25) 59.500,00 93.052.050,00
5 IVA importación 21% 21% × 59.500 12.495,00 19.540.930,50
6 Percepción adicional de IVA 20% (responsable inscripto, bienes a alícuota general) 20% × 59.500 (RG 2937 art. 7(a)(1)) 11.900,00 18.610.410,00
7 Percepción del Impuesto a las Ganancias 6% 6% × 59.500, base sin IVA (RG 2281 arts. 5 y 6) 3.570,00 5.583.123,00
8 Percepción de Ingresos Brutos no calculada no calculada
9 Efectivo en el despacho (2 + 3 + 5 + 6 + 7) 37.465,00 58.591.513,50
10 Costo real (2 + 3) El IVA y las percepciones son créditos 9.500,00 14.857.050,00

Tiempo regulatorio. Vía A: sin aprobación previa; se presenta la declaración jurada y la mercadería puede venderse, sujeta al control posterior al ingreso. Vía B: la venta del producto espera el resultado analítico del SENASA; para una autorización de producto, la autoridad debe resolver dentro de los 30 días, y vencido ese plazo el número de trámite puede usarse para vender hasta la aprobación (Anexo II art. 3). Si el producto todavía no está en el Código Alimentario, la solicitud de incorporación de un elaborador local debe resolverse dentro de los 60 días corridos (mismo artículo).

Aranceles del SENASA. El SENASA fija aranceles uniformes de inscripción (Decreto 1812/1992 art. 19, según su texto sustituido). Los montos no están en las fuentes (sin confirmar). Existen en Infoleg disposiciones de aranceles de la ANMAT de 2026 (por ejemplo, las Disp. 2978/2026 y 5461/2026), pero no se descargaron y puede que ya no se apliquen a los alimentos (sin confirmar).

Trampa de rotulado. Si el producto ya estaba inscripto con un número de RNE/RNPA de la época del INAL, la inscripción sigue vigente sin reinscripción (Decreto 697/2026 art. 32). Para los establecimientos federales, el número debe decir ahora "SENASA N°..." y los rótulos aprobados antes del decreto tienen dos años para cambiar (Decreto 815/1999 art. 31, según su texto sustituido).

Costo de hacerlo (Ejemplo 2). Tributos: USD 37.465 en efectivo en el despacho (ARS 58.591.513,50), de los cuales USD 9.500 (ARS 14.857.050) son costo real con la alícuota de derecho supuesta. Arancel del SENASA y honorarios del despachante de aduana (sin confirmar). Capital: las normas alimentarias no exigen ninguno. Meses: por la Vía A, sin espera regulatoria más allá del despacho; por la Vía B, hasta 30 días para la autorización más la verificación analítica (el decreto no fija plazo (sin confirmar)).

Ejemplo 3: cuánto cuesta llevar una controversia con ARCA al Tribunal Fiscal

Hechos. ARCA determina ARS 50.000.000 (US$ 31.971,35) de Impuesto a las Ganancias contra la SAU del Ejemplo 1.

  1. Elegí la vía dentro de los 15 días hábiles de la notificación: reconsideración ante la propia ARCA o recurso ante el TFN (Ley 11.683 art. 76). La elección es excluyente.
  2. Recurso ante el TFN. Sin pago previo; se suspende el cobro del monto apelado (art. 167). Tasa de actuación del 2,5% (Ley 25.964): 2,5% × 50.000.000 = ARS 1.250.000 (US$ 799,28).
  3. Los intereses siguen corriendo durante el recurso (art. 37, último párrafo), así que perder el recurso cuesta el impuesto más los intereses de todo el período.

Costo de hacerlo (Ejemplo 3). ARS 1.250.000 (US$ 799,28) de tasa de actuación más honorarios del abogado (sin confirmar). Capital: ninguno. Meses: los plazos del TFN no se publican en las fuentes (sin confirmar).

Trampas prácticas

  • Usar el nombre de un organismo tomado de un modelo viejo. Los contratos y los poderes todavía dicen "AFIP", "Ministerio del Interior", "INAL" o "ENARGAS". El Decreto 953/2024 art. 7 hace que las referencias a la AFIP se entiendan hechas a ARCA, y el DNU 793/2025 art. 7 hace lo mismo con las referencias a Interior en la ley de migraciones, pero no todas las sustituciones tienen una norma expresa. Actualizá los modelos y verificá que el poder cubra al organismo continuador.
  • La superposición alimentaria en los papeles. El Decreto 697/2026 trasladó la aplicación en materia de alimentos al SENASA y sacó a la ANMAT del Sistema Nacional de Control de Alimentos, pero el Decreto 1490/1992 art. 3(b), en el texto actualizado de Infoleg, todavía le da a la ANMAT competencia sobre los alimentos envasados. Hasta que esto se aclare, conservá las inscripciones de la época de la ANMAT, preguntale por escrito al SENASA qué organismo se ocupa de tu producto y guardá la respuesta (sin confirmar).
  • El Anexo III es decisivo pero invisible. La lista de países que permite que las importaciones eviten la inscripción está en un anexo que no era legible en la copia oficial obtenida. Conseguí la lista en el SENASA o en la edición del Boletín Oficial del 20 de enero de 2025 antes de elegir el país del proveedor (sin confirmar).
  • Ente fusionado, resoluciones viejas. Muchas resoluciones del ENRE y del ENARGAS siguen vigentes después de la fusión. Leé las nuevas resoluciones del ente fusionado junto con las anteriores.
  • Organismos intervenidos. Un ENACOM intervenido actúa a través de un interventor con las facultades del directorio (Decreto 938/2025 art. 3). Las decisiones son válidas, pero la política puede cambiar cuando la intervención termina o se prorroga.
  • Los DNU pueden caer. Muchos de los cambios de 2025 a 2026 se hicieron por DNU (571/2026, 681/2026, 771/2026 y otros). Un DNU sigue vigente salvo que ambas cámaras lo rechacen (Ley 26.122). Infoleg no mostraba rechazos de estos decretos al 26 de octubre de 2026, pero mirá sistema político y jurídico para ver cómo funcionan los rechazos; los Decretos 461 y 462/2025 fueron rechazados 48 días después de su publicación.
  • Duplicación federal. Los organismos nacionales y provinciales pueden actuar a la vez: multas a consumidores (Ley 24.240 art. 41), establecimientos alimentarios (Decreto 815/1999 art. 29) e impuestos (ARCA y cada provincia). Una aprobación nacional no reemplaza a una local.
  • La IGJ es solo para CABA. Elegir una provincia como domicilio implica otro registro, con otras reglas y otros aranceles (Ley 22.315 art. 2).
  • Plazos de las concentraciones después del 17 de noviembre de 2026. Para las operaciones por encima del umbral, ya no se permite cerrar primero y notificar después.

Cambios recientes

  • 25 de octubre de 2024. ARCA reemplazó a la AFIP (Decreto 953/2024); la recaudación de la seguridad social pasó a la DGI (art. 10).
  • 20 de enero de 2025. Vía de país reconocido para la importación de alimentos (Decreto 35/2025).
  • 7 de julio de 2025. Constitución del ente regulador del gas y la electricidad (Decreto 452/2025).
  • 5 de agosto de 2025. Disolución de la Comisión Nacional de Alimentos (Decreto 538/2025 art. 1).
  • 25 de agosto de 2025. El Congreso rechazó los Decretos 461/2025 y 462/2025 (disolución de organismos).
  • Noviembre de 2025. Designación del Tribunal de la autoridad de competencia (Decretos 803 y 810/2025); migraciones pasa a Seguridad Nacional (DNU 793 y 825/2025).
  • 2 de enero de 2026. Prórroga de la intervención del ENACOM hasta el 4 de enero de 2027 (Decreto 938/2025).
  • 3 de julio de 2026. Supresión del Ministerio del Interior; ocho ministerios (DNU 571/2026).
  • Desde el 2 de julio de 2026. Aparecen en Infoleg resoluciones dictadas por el ente fusionado del gas y la electricidad.
  • 30 de julio de 2026. Nuevas causales para negar o cancelar la residencia (DNU 681/2026).
  • 3 de agosto de 2026. Aplicación en materia de alimentos concentrada en el SENASA (Decreto 697/2026).
  • 21 de agosto de 2026. Adecuación de la Ley de Ministerios en alimentos y cosméticos (DNU 771/2026).
  • 22 de septiembre de 2026. Se fija el control suspensivo de concentraciones para el 17 de noviembre de 2026 (Disp. TDC 29/2026).

Cambios pendientes

  • Reforma de la Carta Orgánica del BCRA. Presentada ante la Cámara de Diputados el 5 de agosto de 2026 (página del BCRA); no hay texto de proyecto en las fuentes (sin confirmar).
  • Ley de protección de datos. Un proyecto para reemplazar la Ley 25.326 se envió con el Mensaje 87/2023; no fue sancionado (página de protección de datos de la guía) (sin confirmar).
  • Control suspensivo de concentraciones desde el 17 de noviembre de 2026.
  • Normas reglamentarias del SENASA para el Decreto 697/2026: los registros nacionales de alimentos deben organizarse a través de un sistema informático del SENASA (Decreto 2126/1971 Anexo II art. 7, según su texto sustituido, que da 180 días). Infoleg listaba una sola norma posterior vinculada al Decreto 697/2026 (Res. 135/2026 de la Secretaría de Agricultura, BO 7 de agosto de 2026) (sin confirmar).
  • El futuro del INAL y la competencia alimentaria de la ANMAT según el Decreto 1490/1992 (sin confirmar).
  • El ENACOM después del 4 de enero de 2027: fin o nueva prórroga de la intervención.
  • Tratamiento en el Congreso de los DNU 571/2026, 681/2026 y 771/2026 según la Ley 26.122 (sin confirmar).
  • Decreto de estructura ministerial (anexos del Decreto 50/2019) tras la supresión del Ministerio del Interior (sin confirmar).

Preguntas frecuentes

1. ¿La AFIP sigue existiendo como organismo? No. La AFIP se disolvió y ARCA es su continuadora jurídica, con las mismas facultades impositivas, aduaneras y de seguridad social (Decreto 953/2024 arts. 1, 6, 7 y 10). Los formularios y sistemas viejos todavía suelen llevar el nombre AFIP.

2. ¿Qué organismo aprueba mi sociedad? La IGJ si la sociedad tiene domicilio en la Ciudad de Buenos Aires (Ley 22.315 arts. 2 a 4); si no, el registro de la provincia del domicilio. Después, ARCA otorga la CUIT.

3. ¿Hay un organismo que apruebe la inversión extranjera? En las fuentes no aparece ninguno de alcance general; Argentina no tiene un control general de la inversión extranjera directa (ver régimen de inversiones extranjeras). Algunos sectores específicos y las zonas de frontera tienen sus propias autorizaciones (ver sectores restringidos).

4. ¿Quién se ocupa de migraciones ahora que no hay Ministerio del Interior? La DNM, en el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional (Ley 25.871 art. 107; DNU 793/2025 art. 7; Ley de Ministerios art. 22 bis).

5. ¿Todavía inscribo los alimentos importados ante la ANMAT o el INAL? Desde el 3 de agosto de 2026, la inscripción y el control de los alimentos importados están asignados al SENASA (Decreto 1812/1992 arts. 5 y 15, sustituidos por el Decreto 697/2026). Las inscripciones existentes siguen vigentes (art. 32). Como el decreto de creación de la ANMAT no se modificó, confirmá con el SENASA qué organismo se ocupa de tu producto (sin confirmar).

6. ¿Desaparecieron el ENRE y el ENARGAS? Los está reemplazando el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Ley 27.742 art. 161; Decreto 452/2025). Infoleg muestra resoluciones a su nombre desde julio de 2026; la fecha formal del traspaso no está en las fuentes (sin confirmar).

7. ¿Puede el gobierno disolver la CNV, la UIF o el INPI por decreto? No en uso de la delegación de la Ley Bases, que los excluye expresamente (Ley 27.742 art. 3). Ese artículo no excluye otras vías, como una ley o un DNU.

8. ¿Ante quién reclamo por un problema de consumo y quién me puede multar? Tanto la autoridad nacional como la autoridad local de la provincia o de CABA (Ley 24.240 art. 41). Desde la disolución del COPREC, los reclamos ingresan por una ventanilla única federal (Decreto 55/2025).

9. ¿El registro de tierras rurales sigue siendo un obstáculo para los compradores extranjeros? La ley que lo creó, la Ley 26.737, fue derogada por el DNU 70/2023 art. 154. La derogación se mantiene salvo que ambas cámaras rechacen el DNU o un tribunal lo invalide. Las autorizaciones para zonas de frontera siguen vigentes (Decreto Ley 15.385/1944).

10. ¿Quién decide si dos provincias reclaman a la vez mi Ingresos Brutos? La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (CM art. 24), cuyas decisiones pueden apelarse ante la Comisión Plenaria.

11. ¿Dónde recurro una determinación de ARCA? Dentro de los 15 días hábiles, ante la propia ARCA o ante el Tribunal Fiscal de la Nación, con una tasa de actuación del 2,5% y sin pago previo (Ley 11.683 arts. 76, 166 y 167; Ley 25.964).

12. ¿Qué organismo supervisa a mi banco y mis pagos en divisas? El BCRA, a través de su Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (Carta Orgánica art. 43). Tratás con él a través de tu banco.

Publicado el 27 oct 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados como (sin confirmar) todavía no se cotejaron línea por línea con el texto oficial; consultá las fuentes primarias enlazadas abajo antes de actuar, y tené en cuenta que esta página puede cambiar a medida que la verifiquemos.

Fuentes primarias

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