The Argentine Thread

Guía · 2. Contexto macroeconómico y del país

Argentina en 10 minutos: la economía, las instituciones y las reglas que un inversor extranjero tiene que conocer

Última verificación: 27 oct 2026 · Estado: En cambio

Argentina es una república federal (Constitución, art. 1) integrada por 23 provincias más la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) (Constitución, arts. 121 a 129). Eso da 24 jurisdicciones que cobran impuestos, registran y regulan la actividad empresarial en su propio territorio, además del gobierno nacional y de más de mil municipios (sin confirmar). Para un inversor la consecuencia práctica es simple: siempre hay al menos tres capas de normas (nacional, provincial y municipal), y la capa provincial es de donde vienen la mayoría de las sorpresas.

Las diez cosas que tenés que saber en octubre de 2026:

  1. La inflación bajó, pero sigue siendo alta. El índice de precios al consumidor (IPC) nacional subió 1,9% en septiembre de 2026, 23,6% desde diciembre de 2025 y 33,4% en doce meses (INDEC, IPC septiembre 2026). Como comparación, la variación de diciembre a diciembre fue de 211,4% en 2023, 117,8% en 2024 y 31,5% en 2025 (INDEC, archivo de series del IPC). Todo presupuesto, salario y contrato en pesos tiene que pensarse en términos reales.
  2. La economía crece despacio. El PBI creció 4,5% en 2025 y 2,0% interanual en el 2.º trimestre de 2026, pero cayó 0,6% frente al 1.º trimestre de 2026 en términos desestacionalizados (INDEC, PBI 2.º trimestre 2026).
  3. El desempleo es de 7,9% de la población económicamente activa en los 31 aglomerados urbanos que cubre la Encuesta Permanente de Hogares, y el 45,0% de los puestos de trabajo es informal (INDEC, mercado de trabajo 2.º trimestre 2026).
  4. El comercio exterior es superavitario. Las exportaciones de bienes fueron de US$ 77.267 millones y las importaciones de US$ 56.069 millones entre enero y septiembre de 2026, con un superávit de US$ 21.198 millones. Septiembre de 2026 fue el 34.º mes consecutivo con superávit (INDEC, intercambio comercial argentino septiembre 2026). Los principales compradores son Brasil, Estados Unidos, China, Chile e India; los principales productos son petróleo crudo, harina de soja, maíz, aceite de soja y pickups.
  5. El Banco Central (BCRA) maneja la moneda y las normas cambiarias. Su mandato legal es la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social (Carta Orgánica del BCRA, art. 3). Dicta la normativa cambiaria (art. 29) y tiene el monopolio de la emisión de moneda (art. 30).
  6. El cepo se flexibilizó, pero no se eliminó. Las personas humanas residentes compran dólares libremente a través de los bancos desde el 14 de abril de 2025 (Com. A 8226). Las empresas todavía necesitan conformidad previa del BCRA para comprar dólares para atesoramiento, y los dividendos y la repatriación de capital siguen reglas específicas (normas cambiarias del BCRA, puntos 3.4, 3.10 y 3.13). Ver la página sobre controles cambiarios.
  7. El derecho empresarial es nacional y está codificado. El Código Civil y Comercial (Ley 26.994, vigente desde el 1 de agosto de 2015) y la Ley General de Sociedades 19.550 rigen en todo el país, porque solo el Congreso puede dictar los códigos civil, comercial, del trabajo y de minería (Constitución, art. 75(12)). Las provincias los aplican a través de sus propios tribunales y registros.
  8. La ola de reformas de 2023 a 2026 cambió mucho. El DNU 70/2023 (BO 21 de diciembre de 2023) derogó o reescribió cientos de normas, entre ellas la Ley de Abastecimiento y las reglas sobre moneda extranjera del Código Civil. La Ley 27.742, la "Ley Bases" (BO 8 de julio de 2024), creó el régimen de grandes inversiones RIGI, reformó normas laborales y delegó facultades. La Ley 27.802, Ley de Modernización Laboral (BO 6 de marzo de 2026), reescribió buena parte de la Ley de Contrato de Trabajo.
  9. Los impuestos se superponen en capas. Los impuestos nacionales los recauda ARCA (la ex AFIP): Impuesto a las Ganancias del 25% al 35% para sociedades, IVA del 21%, el impuesto a los débitos y créditos bancarios, los derechos de exportación y la seguridad social. Las provincias cobran Ingresos Brutos sobre la facturación y el impuesto de sellos sobre los contratos. Los municipios cobran tasas sobre el comercio y la industria. La mayor parte de la recaudación tributaria nacional se coparticipa con las provincias según la Ley 23.548.
  10. Emplear personas cuesta aproximadamente entre 24% y 26,4% por encima del salario bruto en contribuciones patronales antes de la alícuota de la ART, y cada empleado cobra 13 sueldos al año por el 13.º sueldo, el sueldo anual complementario (SAC, aguinaldo) (Ley 27.541, art. 19; Ley 23.660, art. 16; LCT, arts. 121 y 122). Los números calculados están en el Ejemplo 2.

COMPARACIÓN: a cargo de la edición

Quién debería leer esta página. Cualquiera que llegue sin conocimientos previos: un directorio extranjero que evalúa una primera inversión, un expatriado a punto de mudarse, el dueño de una pyme local que le explica Argentina a un socio extranjero, o un asesor que necesita un mapa único antes de profundizar. Esta página orienta; las páginas enlazadas dan el detalle.

Los montos en pesos se convierten al tipo vendedor del dólar MEP (bolsa) de ARS 1.563,90 por US$ del 23 oct 2026 (fuente: dolarapi.com, cotización MEP). Las conversiones son orientativas y cambian a diario.

Reglas clave

1. Estructura federal: Nación, 23 provincias y la CABA

  • Forma de gobierno. Representativa, republicana y federal (Constitución, art. 1).
  • Las provincias conservan todo el poder no delegado. Las provincias conservan todo el poder no delegado por la Constitución al gobierno federal (art. 121). Se dan sus propias instituciones y eligen a sus gobernadores y legisladores sin intervención del gobierno federal (art. 122), y cada una dicta su propia constitución, que debe asegurar la autonomía municipal, incluso en el orden económico y financiero (arts. 5 y 123).
  • Los recursos naturales pertenecen a las provincias. El "dominio originario" de los recursos naturales existentes en el territorio de una provincia corresponde a esa provincia (art. 124, último párrafo). Por eso los inversores mineros y de petróleo y gas tratan con las autoridades provinciales las concesiones y regalías, incluso bajo regímenes nacionales como el RIGI.
  • Las provincias pueden celebrar convenios internacionales que no sean incompatibles con la política exterior de la Nación ni afecten las facultades delegadas al gobierno federal, con conocimiento del Congreso (art. 124).
  • La CABA es autónoma. La Ciudad de Buenos Aires tiene un régimen de gobierno autónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción, y su jefe de gobierno es elegido directamente por el pueblo (art. 129). Una ley nacional garantiza los intereses del Estado nacional mientras la Ciudad sea capital (art. 129, segundo párrafo). A efectos tributarios y registrales la CABA funciona como una provincia: tiene su propia agencia tributaria, sus propios Ingresos Brutos e impuesto de sellos, y su propio registro de sociedades (la IGJ, Inspección General de Justicia).
  • Lo que las provincias no pueden hacer. Las provincias no pueden ejercer el poder delegado a la Nación. Entre otras cosas, no pueden celebrar tratados parciales de carácter político, legislar sobre comercio o navegación, establecer aduanas provinciales, acuñar moneda, establecer bancos con facultad de emitir billetes sin autorización del Congreso, ni dictar los códigos Civil, Comercial, Penal y de Minería después de que el Congreso los haya sancionado (art. 126).
  • Supremacía. La Constitución, las leyes nacionales que en su consecuencia se dicten y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación, y las autoridades provinciales están obligadas a conformarse a ellos, no obstante cualquier disposición provincial en contrario (art. 31).

Qué significa en la práctica. Una empresa con sede central en la CABA, una planta en la Provincia de Buenos Aires y ventas en Córdoba trata con una agencia tributaria nacional (ARCA), tres agencias tributarias provinciales coordinadas a través del Convenio Multilateral para Ingresos Brutos, al menos tres municipios y uno o más registros de sociedades. La página sobre Ingresos Brutos explica cómo se distribuye la base imponible.

2. Nociones básicas de la Constitución y del sistema jurídico

  • Sistema de derecho continental. Argentina sigue la tradición del derecho continental (civil law): las normas surgen principalmente de leyes y códigos, no del precedente judicial. El Congreso dicta los códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería y del Trabajo y la Seguridad Social, en cuerpos unificados o separados, pero su aplicación corresponde a los tribunales federales o provinciales según las personas o las cosas involucradas (art. 75(12)).
  • Jerarquía. En la cima: la Constitución y los tratados de derechos humanos enumerados en el art. 75(22), que tienen jerarquía constitucional. Debajo: los demás tratados, que tienen jerarquía superior a las leyes (art. 75(22)). Luego las leyes nacionales, y después los decretos y las normas de organismos como ARCA, el BCRA y la CNV. Las constituciones y leyes provinciales deben ajustarse a todo lo anterior (art. 31).
  • Los extranjeros gozan de los mismos derechos civiles que los ciudadanos. Pueden ejercer su industria, comercio y profesión, poseer, comprar y enajenar bienes raíces y navegar los ríos y costas (art. 20). Leyes específicas pueden igualmente restringir ciertos bienes (por ejemplo, tierras rurales o zonas de frontera) (sin confirmar).
  • Propiedad y libertad económica. Todos los habitantes tienen derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita, a comerciar y a usar y disponer de su propiedad, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio (art. 14). La propiedad es inviolable y la expropiación exige una ley que califique la utilidad pública y una indemnización previa (art. 17).
  • Decretos de necesidad y urgencia (DNU). El Presidente no puede emitir disposiciones de carácter legislativo, bajo pena de nulidad absoluta. Solo cuando circunstancias excepcionales hagan imposible seguir el trámite ordinario de sanción de las leyes, y nunca en materia penal, tributaria, electoral o de partidos políticos, puede el Presidente dictar un DNU, decidido en acuerdo general de ministros que deben refrendarlo junto con el Jefe de Gabinete. El Jefe de Gabinete debe someterlo dentro de los diez días a una comisión bicameral permanente del Congreso (art. 99(3)). El DNU 70/2023 se dictó en uso de esta facultad (DNU 70/2023, considerandos, con cita del art. 99(1), (2) y (3)).
  • Delegación legislativa. El Congreso solo puede delegar facultades legislativas en el Poder Ejecutivo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado y dentro de las bases que establezca (art. 76). La Ley 27.742 usó esta vía: declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año y delegó facultades en el Poder Ejecutivo (Ley 27.742, art. 1).
  • Facultades tributarias. El Congreso fija los derechos de importación y exportación, que deben ser uniformes en toda la Nación (art. 75(1)). Puede imponer contribuciones indirectas en forma concurrente con las provincias y contribuciones directas por tiempo determinado cuando lo exija el bien general; esas contribuciones, salvo las que tengan asignación específica, son coparticipables con las provincias según una "ley convenio" (art. 75(2)). La ley de coparticipación vigente es la Ley 23.548.
  • Tribunales. La Corte Suprema y los tribunales inferiores de la Nación conocen en las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, las leyes nacionales y los tratados, en las causas concernientes a Estados extranjeros y diplomáticos, en las de almirantazgo y jurisdicción marítima, y en los asuntos entre provincias o entre una provincia y ciudadanos extranjeros (art. 116). Los conflictos comerciales y civiles ordinarios van a los tribunales provinciales o, en la CABA, a los tribunales nacionales con asiento en la Ciudad (sin confirmar).

3. Código Civil y Comercial: la base del derecho privado

El Código Civil y Comercial (CCyC) fue aprobado por la Ley 26.994 (BO 8 de octubre de 2014, suplemento). La propia ley fijó su entrada en vigor el 1 de enero de 2016 (Ley 26.994, art. 7), pero la Ley 27.077 (BO 19 de diciembre de 2014) la adelantó al 1 de agosto de 2015 (según consta en la nota de Infoleg al art. 1 de la LGS). Unificó los antiguos códigos Civil y de Comercio y absorbió algunas normas de derecho societario (Ley 26.994, art. 3).

Normas con las que un inversor extranjero se encuentra desde el primer día:

  • Libertad de contratación. Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido dentro de los límites impuestos por la ley y el orden público. Desde el DNU 70/2023, las normas legales son siempre supletorias de lo que acuerden las partes, aun cuando la ley no lo diga para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y el carácter imperativo se interpreta con criterio restrictivo (CCyC, art. 958, sustituido por el DNU 70/2023, art. 252). El texto original de 2014 agregaba "la moral y las buenas costumbres" como límites y no contenía la regla de supletoriedad.
  • Efecto vinculante. Un contrato válidamente celebrado es obligatorio para las partes y solo puede ser modificado o extinguido por acuerdo de partes o en los supuestos en que la ley lo prevé (art. 959). Los jueces no pueden modificar las estipulaciones de los contratos, excepto a pedido de una de las partes cuando lo autoriza la ley, o de oficio cuando se afecta de modo manifiesto el orden público (art. 960).
  • Obligaciones en moneda extranjera. Según el texto original de 2014, la obligación de dar una moneda que no sea de curso legal se consideraba como de dar "cantidades de cosas", y el deudor podía liberarse dando el equivalente en pesos (art. 765 original). El DNU 70/2023, art. 250, sustituyó esa regla: la obligación es de dar dinero sea o no la moneda de curso legal en Argentina; el deudor solo se libera entregando las cantidades comprometidas en la moneda pactada; y los jueces no pueden modificar la moneda ni la forma de pago pactadas (art. 765 sustituido). El deudor debe entregar la moneda pactada "sea o no de curso legal en la República" (art. 766, sustituido por el DNU 70/2023, art. 251). Esta es la base legal sobre la que hoy se redactan los alquileres, préstamos y contratos de suministro en dólares. Si un tribunal lo haría cumplir frente a las normas cambiarias, y cómo, es otra cuestión (sin confirmar).
  • Elección de la ley aplicable. Los contratos internacionales se rigen por el derecho elegido por las partes, en forma expresa o que resulte de manera cierta y evidente de los términos del contrato o de las circunstancias, para todo o parte del contrato (art. 2651).
  • Prórroga de jurisdicción. En materia patrimonial e internacional, las partes pueden someterse a jueces o árbitros extranjeros, salvo que los jueces argentinos tengan jurisdicción exclusiva o la prórroga esté prohibida por ley (art. 2605). El juez elegido tiene jurisdicción exclusiva, salvo que las partes dispongan otra cosa (art. 2606).

4. Ley General de Sociedades 19.550 y la SAS

  • Definición. Hay sociedad si una o más personas, en forma organizada conforme a uno de los tipos previstos en la ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas. La sociedad unipersonal solo puede ser sociedad anónima (SA), y no puede constituirse por una sociedad unipersonal (art. 1 de la LGS, sustituido por la Ley 26.994, Anexo II, punto 2.2).
  • Principales tipos que usan los inversores. La SA (sociedad anónima), la SRL (sociedad de responsabilidad limitada) y, fuera de la LGS, la SAS (sociedad por acciones simplificada) de la Ley 27.349 (arts. 33 a 62). La LGS se aplica a la SAS solo en forma supletoria (Ley 27.349, art. 33).
  • Capital mínimo de una SA. ARS 30.000.000 (US$ 19.183), totalmente suscripto al constituirse (art. 186 de la LGS, monto fijado por el Decreto 209/2024, BO 1 de marzo de 2024). Una SAS solo necesita dos veces el salario mínimo, vital y móvil (Ley 27.349, art. 40) (sin confirmar).
  • La fiscalización estatal permanente se aplica a las SA que, entre otros casos, hacen oferta pública de sus acciones o tienen un capital superior a ARS 2.000.000.000 (US$ 1.278.854) (art. 299(1) y (2) de la LGS; Resolución 10/2024 del Ministerio de Justicia, BO 8 de febrero de 2024, según la nota de Infoleg).
  • Sociedades extranjeras. La sociedad constituida en el extranjero se rige en cuanto a su existencia y forma por la ley del lugar de constitución. Puede realizar actos aislados y estar en juicio en Argentina sin inscribirse. Para ejercer habitualmente actos comprendidos en su objeto, establecer una sucursal o cualquier otra especie de representación permanente, debe acreditar su existencia conforme a la ley de su país, fijar un domicilio en Argentina, cumplir con la publicación e inscripción exigidas a las sociedades locales y justificar la decisión de crear la sucursal y la designación de su representante (art. 118 de la LGS). Para participar en o constituir una sociedad argentina, primero debe inscribirse en el Registro Público (art. 123 de la LGS). La sociedad constituida en el extranjero que tenga su sede o su principal objeto en Argentina se considera sociedad local (art. 124 de la LGS).
  • Cambios del DNU 70/2023 a la LGS. Las SA y las sociedades en comandita por acciones ahora solo pueden formar parte de sociedades por acciones y de SRL; las entidades sin fines de lucro pueden ser socias de SA; y todas pueden ser parte de contratos asociativos (art. 30 de la LGS, sustituido por el DNU 70/2023, art. 346). Una asociación civil puede transformarse en sociedad comercial con el voto de dos tercios (art. 77(1) de la LGS, sustituido por el art. 347). Las empresas del Estado deben transformarse en SA (DNU 70/2023, art. 48).

5. Ley 27.742 (Ley Bases): qué contiene

La Ley 27.742, Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, fue sancionada el 27 de junio de 2024 y publicada el 8 de julio de 2024. Sus nueve títulos:

Título Materia Artículos (aprox.) Por qué importa a los inversores
I Emergencia pública y delegación de facultades por un año 1 Base de los decretos delegados dictados en 2024 y 2025
II Reforma del Estado: reorganización administrativa, privatizaciones, procedimiento administrativo, empleo público 2 a 62 Enumera las empresas del Estado "sujetas a privatización" (arts. 7 a 9 y Anexo I); reescribe la ley de procedimiento administrativo
III Fuerza mayor en los contratos públicos y acuerdos transaccionales 63 a 75 Permite al Poder Ejecutivo renegociar o rescindir grandes contratos de obra pública y de suministro por razones de emergencia (art. 63)
IV Promoción del empleo registrado 76 a 81 Blanqueo laboral para trabajadores no registrados (arts. 76 y 77), ya cerrado (sin confirmar)
V Modernización laboral 82 a 100 Período de prueba de 6 a 12 meses (art. 92 bis de la LCT, sustituido por el art. 91), fondos de cese laboral, derogación de la Ley 25.323 (art. 100)
VI Energía 101 a 163 Modificaciones a la ley de hidrocarburos (art. 101 y siguientes)
VII RIGI, Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones 164 a 228 Incentivos tributarios, aduaneros y cambiarios y 30 años de estabilidad para proyectos de al menos US$ 200 millones
VIII Medidas fiscales 229 a 233 Disposiciones tributarias (sin confirmar)
IX Disposiciones finales 234 a 238 Situación de los decretos delegados

Los rangos de artículos se toman del primer artículo de cada título en el texto de Infoleg.

El RIGI en un párrafo. Solo puede adherir un vehículo de proyecto único (VPU) o una sucursal dedicada (arts. 169 y 170), en los sectores forestoindustrial, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía y petróleo y gas (art. 167). La inversión mínima es de US$ 200.000.000 en activos computables, con al menos el 40% en los dos primeros años (art. 173). Los beneficios incluyen Impuesto a las Ganancias de sociedades a una alícuota fija del 25%, dividendos al 7% que baja al 3,5% después de siete años, sin derechos de importación sobre bienes de capital, sin derechos de exportación después de tres años, liberación progresiva de la obligación de liquidar las divisas de exportación, y 30 años de estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria (arts. 183 a 185, 190, 191, 198 a 202 y 205). El plazo de adhesión corre hasta el 8 de julio de 2027 tras una prórroga de un año (art. 168; Decreto 105/2026, art. 1, BO 19 de febrero de 2026). Más detalle en la página del RIGI.

6. DNU 70/2023: el decreto de desregulación

El DNU 70/2023, Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina, se firmó el 20 de diciembre de 2023 y se publicó en el BO 35.326 del 21 de diciembre de 2023. Tiene 366 artículos en dieciséis títulos. Lo más relevante:

  • Emergencia. Declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025 (art. 1). La emergencia sanitaria se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 por el Decreto 942/2025 (BO 2 de enero de 2026), según la nota de Infoleg al art. 1.
  • Principio de desregulación. El Estado debe asegurar un sistema económico basado en decisiones libres y en la libre competencia; se dejan sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios y todas las normas que distorsionen los precios de mercado (art. 2). Argentina adoptará los estándares del comercio internacional y seguirá las recomendaciones de la OMC y la OCDE (art. 3).
  • Derogaciones. Entre otras, la Ley de Abastecimiento 20.680 (art. 9), las disposiciones de "Compre Argentino" de la Ley 27.437 (art. 10) y la mayor parte de la Ley 18.875 (art. 38). Los considerandos las describen como una injerencia indebida del Estado (considerandos, con cita de las Leyes 20.680, 18.875, 21.608 y 27.437).
  • Las empresas del Estado se transforman en SA (art. 48) y pierden sus prerrogativas de derecho público (art. 50).
  • Laboral. El Título IV reescribió partes de la Ley de Contrato de Trabajo, de la Ley de Empleo 24.013 y del derecho colectivo del trabajo (arts. 53 y siguientes). Buena parte de ese capítulo fue impugnada judicialmente (sin confirmar), y las Leyes 27.742 y 27.802 luego legislaron muchos de los mismos puntos.
  • Código Civil y Comercial. Obligaciones en moneda extranjera y libertad de contratación (arts. 250 a 252, ver la sección 3 más arriba).
  • Ley de Sociedades. Arts. 346 y 347 (ver la sección 4 más arriba).
  • Control del Congreso. El decreto ordena su remisión a la Comisión Bicameral Permanente (art. 365), como exige el art. 99(3) de la Constitución. Si alguna de las cámaras lo rechazó (sin confirmar) y el trámite según la ley que regula el control de los DNU (sin confirmar) no están cubiertos por las fuentes.

7. BCRA: nociones básicas del régimen monetario y cambiario

  • Mandato. El BCRA tiene por finalidad promover, en la medida de sus facultades y en el marco de las políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social (Carta Orgánica, art. 3, texto publicado en bcra.gob.ar).
  • Funciones. Regular el sistema financiero; regular la cantidad de dinero y las tasas de interés y orientar el crédito; actuar como agente financiero del Estado; concentrar y administrar las reservas de oro y divisas; contribuir al mercado de capitales; ejecutar la política cambiaria según la legislación que dicte el Congreso; regular los sistemas de pago y las empresas de remesas; y proteger a los usuarios de servicios financieros (art. 4, sustituido por la Ley 26.739, BO 28 de marzo de 2012).
  • Independencia. En el ejercicio de sus funciones el BCRA no está sujeto a órdenes ni instrucciones del Poder Ejecutivo (art. 4, último párrafo).
  • Financiamiento del Tesoro. El BCRA puede otorgar adelantos transitorios al gobierno nacional hasta el 12% de la base monetaria más hasta el 10% de los recursos en efectivo del gobierno de los últimos 12 meses, a devolver dentro de los 12 meses, y en circunstancias excepcionales un 10% adicional por hasta 18 meses (art. 20, sustituido por la Ley 26.739). Si esta facultad está hoy restringida por otra legislación o por una decisión de política (sin confirmar).
  • Regulador cambiario. El BCRA asesora al Ministerio de Economía y al Congreso sobre el régimen cambiario y dicta su reglamentación (art. 29, sustituido por la Ley 25.562). Solo el BCRA emite billetes y monedas, que tienen curso legal en todo el territorio (arts. 30 y 31).
  • El mercado de cambios. Hay un único mercado oficial de cambios (Mercado Libre de Cambios, MLC) creado por el Decreto 260/2002, que opera a través de bancos y casas de cambio autorizados por el BCRA. El tipo de cambio es el que las partes pacten libremente (normas cambiarias del BCRA, puntos 1.1 y 1.3). Lo que regula el cepo son las condiciones de acceso.
  • Marco actual de política monetaria. El instrumento de política, la eventual banda cambiaria y sus límites, los encajes y la tasa de política se fijan por comunicaciones y comunicados de prensa del BCRA que no están en las fuentes del proyecto (sin confirmar).

Principales normas cambiarias vigentes (texto ordenado de las normas cambiarias del BCRA actualizado a la Com. A 8481; ver la página de controles cambiarios para el detalle punto por punto):

  • Las personas humanas residentes pueden comprar moneda extranjera para atesoramiento sin conformidad previa si pagan con débito en su propia cuenta local (punto 3.8, desde la Com. A 8226 del 11 de abril de 2025, vigente desde el 14 de abril de 2025).
  • Las empresas necesitan conformidad previa para comprar moneda extranjera para atesoramiento o inversión en el exterior (punto 3.10).
  • Los dividendos a no residentes pueden pagarse sin conformidad previa con utilidades auditadas de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025 (punto 3.4.4.1).
  • La repatriación de inversiones extranjeras directas ingresadas y liquidadas a partir del 21 de abril de 2025 no requiere conformidad previa después de 180 días corridos (punto 3.13.1.7).
  • Los cobros de exportaciones deben, como regla, liquidarse dentro de los 20 días hábiles de cobrados (puntos 2.2.1 y 7.1.1).

El dólar MEP. El "dólar MEP" (mercado electrónico de pagos) es el tipo de cambio implícito que surge de comprar un título en pesos y venderlo en dólares en el mercado local. Es un precio de mercado, no un tipo de cambio oficial, y la regulación de esas operaciones por la CNV no está en las fuentes del proyecto (sin confirmar). Las empresas que compran dólares en el MLC deben declarar que no operaron títulos con liquidación en moneda extranjera en los 90 días anteriores y que no lo harán en los 90 días siguientes (normas cambiarias del BCRA, punto 3.16.3).

8. Riesgo país

El diferencial de los bonos soberanos argentinos sobre los bonos del Tesoro de Estados Unidos ("riesgo país") lo publica un índice de un banco privado, no una fuente oficial argentina, y ninguna cifra figura en las fuentes del proyecto (sin confirmar). Lo que sí muestran las fuentes oficiales es la posición externa al cierre del 2.º trimestre de 2026:

  • Deuda externa bruta a valor nominal: US$ 327.855 millones, US$ 4.724 millones más que al cierre del 1.º trimestre de 2026 (INDEC, balanza de pagos 2.º trimestre 2026).
  • Activos de reserva del BCRA: US$ 44.870 millones (misma fuente, posición de inversión internacional). Los activos de reserva subieron US$ 3.703 millones en el trimestre por transacciones de la balanza de pagos.
  • Posición de inversión internacional neta a valor de mercado: posición acreedora neta de US$ 33.860 millones (activos financieros por US$ 516.936 millones; pasivos por US$ 483.076 millones).
  • Cuenta corriente: superávit de US$ 2.214 millones en el 2.º trimestre de 2026, frente a un déficit de US$ 2.452 millones en el 2.º trimestre de 2025. La cuenta financiera mostró una salida neta de US$ 2.542 millones.

9. Mapa del sistema tributario

Nivel Organismo Principales impuestos Base legal en las fuentes Página de la guía
Nacional ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP) (sin confirmar) Impuesto a las Ganancias de sociedades del 25%, 30% y 35% por tramos; 7% sobre dividendos Ley de Impuesto a las Ganancias t.o. 2019, arts. 73 y 97; escala ARCA 2026 taxes/corporate-income-tax
Nacional ARCA IVA del 21%; 27% sobre ciertos servicios públicos para usuarios no residenciales; alícuota reducida del 10,5% para los bienes y servicios enumerados Ley de IVA, art. 28 taxes/vat
Nacional ARCA Impuesto a los débitos y créditos bancarios, alícuota de hasta 6 por mil Ley 25.413, art. 1 taxes/bank-tax
Nacional ARCA Contribuciones patronales y aportes personales a la seguridad social Leyes 24.241, 19.032, 23.660, 27.541 taxes/payroll
Nacional ARCA Regímenes de retención y percepción sobre pagos RG 830, RG 4003 y otras taxes/withholdings
Nacional ARCA Impuesto sobre los Bienes Personales; normas de precios de transferencia Ley 23.966; RG 5903/2026 taxes/transfer-pricing; página de Bienes Personales próximamente
Nacional ARCA (aduana) Derechos de importación y de exportación Constitución, art. 75(1); Código Aduanero página de aduana próximamente
Provincial (23 provincias y CABA) Agencias tributarias provinciales Ingresos Brutos (sobre la facturación), distribuido según el Convenio Multilateral Ley 23.548, art. 9(b); CM, art. 2 taxes/gross-income
Provincial Agencias tributarias provinciales Impuesto de sellos sobre contratos e instrumentos Ley 23.548, art. 9(b)(2) taxes/stamp-tax
Provincial Organismos provinciales Impuestos inmobiliario y automotor Códigos provinciales, no incluidos en las fuentes Próximamente
Municipal Municipios Tasas sobre el comercio, la industria y los servicios, a menudo calculadas sobre los ingresos brutos Constitución, art. 123; CM, art. 35 taxes/gross-income

Coparticipación. Según la Ley 23.548, los impuestos nacionales coparticipables se distribuyen en forma automática: 42,34% a la Nación, 54,66% a las provincias, 2% para el recupero del nivel relativo de Buenos Aires, Chubut, Neuquén y Santa Cruz, y 1% al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias (art. 3). A cambio, las provincias se obligan a no aplicar gravámenes locales análogos a los impuestos nacionales coparticipados, con excepciones enumeradas como Ingresos Brutos y el impuesto de sellos (art. 9(b)). Los consensos fiscales aprobados por las Leyes 27.429 (2017) a 27.687 (2021) fijan topes a las alícuotas provinciales de Ingresos Brutos por actividad; ver la página de Ingresos Brutos.

Reforma fiscal 2024 a 2026. La Ley 27.743 (Paquete Fiscal, 2024) creó un régimen de regularización de deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social (Título I), un régimen de regularización de activos (Título II), un régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales, el REIBP, que vence el 31 de diciembre de 2027 (Título III, art. 45), derogó el impuesto a la transferencia de inmuebles de personas humanas desde su publicación (Título IV, art. 67, que deroga el Título VII de la Ley 23.905) y modificó el Impuesto a las Ganancias (Título V) y el régimen simplificado para pequeños contribuyentes, el monotributo (Título VI). La Ley 27.799, "Ley de Inocencia Fiscal" (BO 2 de enero de 2026), modificada por la Ley 27.826 (BO 9 de octubre de 2026), elevó los umbrales del régimen penal tributario y creó una declaración jurada simplificada de Ganancias para personas humanas. Ver taxes/fiscal-innocence.

10. Mapa del marco laboral

Tema Regla Fuente
Ley principal Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (LCT), t.o. 1976, modificada por las Leyes 27.742 y 27.802 lct_texact; Ley 27.802
Contrato por defecto Por tiempo indeterminado; a plazo fijo solo por escrito y cuando esté justificado, con un máximo de cinco años LCT, arts. 90 y 93
Período de prueba 6 meses; hasta 8 meses (6 a 100 trabajadores) o 1 año (hasta 5 trabajadores) por convenio colectivo LCT, art. 92 bis, sustituido por la Ley 27.742, art. 91
Jornada de trabajo 8 horas diarias, 48 horas semanales Ley 11.544
13.º sueldo (SAC, aguinaldo) Dos cuotas, al 30 de junio y al 18 de diciembre, cada una del 50% de la mayor remuneración mensual del semestre LCT, arts. 121 y 122
Indemnización por despido sin causa Un mes por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, con una base tope de 3 veces el promedio del convenio colectivo pero no inferior al 67% de la base real; mínimo un mes LCT, art. 245, sustituido por la Ley 27.802, art. 51
Preaviso 1 mes (hasta 5 años de antigüedad) o 2 meses (más de 5 años) LCT, arts. 231 y 232
Contribuciones patronales 20,40% (grandes empleadores de servicios y comercio) o 18% (los demás), más 6% de obra social Ley 27.541, art. 19; Ley 23.660, art. 16 y Ley 25.565, nota al art. 80
Aportes del trabajador 11% jubilación, 3% PAMI, 3% obra social Ley 24.241, art. 11; Ley 19.032, art. 8(d); Ley 23.660, art. 16
Límites de la base imponible Mínima ARS 144.363,55 (US$ 92), máxima ARS 4.691.748,47 (US$ 3.000) desde el período devengado septiembre 2026 Resolución ANSES 257/2026, art. 3
Fondo de asistencia laboral (FAL) 1% (grandes empresas) o 2,5% (MiPyME) de la nómina desde el 1 de diciembre de 2026, compensado con una reducción equivalente de las contribuciones patronales Ley 27.802, arts. 58 a 60 y 76; Decreto 408/2026, art. 27, sustituido por el Decreto 1228/2026
Incentivo a nuevas contrataciones (RIFL) Para altas que califiquen registradas entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027: 2% para jubilación, FNE y asignaciones familiares más 3% PAMI durante 48 meses Ley 27.802, art. 159; Decreto 315/2026, art. 1
Seguro de riesgos del trabajo (ART) Seguro obligatorio con una aseguradora privada o autoseguro; la alícuota la fija la aseguradora Ley 24.557, arts. 3, 23 y 27
Convenios colectivos Los convenios de empresa ahora prevalecen sobre los de actividad; los convenios vencidos mantienen solo las cláusulas normativas Ley 14.250, arts. 6 y 19, sustituidos por la Ley 27.802

La migración y los permisos de trabajo para personal extranjero se tratan en las páginas de migraciones.

Principales datos macroeconómicos (INDEC)

Tabla 1. Indicadores principales

Indicador Último valor Período Informe del INDEC (fecha de publicación)
PBI, crecimiento real interanual +2,0% 2.º trim. 2026 Informe de avance del nivel de actividad (17 sep 2026)
PBI, variación frente al trimestre anterior, desestacionalizada −0,6% 2.º trim. 2026 Ídem
PBI, crecimiento acumulado +2,2% 1.º sem. 2026 frente a 1.º sem. 2025 Ídem
PBI, crecimiento real +4,5% Año 2025 (acumulado al 4.º trimestre) Ídem
PBI a precios corrientes, valor trimestral anualizado ARS 1.127.339.492 millones (unos US$ 721 mil millones al MEP) 2.º trim. 2026 Ídem, Cuadro 8 (sin confirmar)
PBI a precios corrientes, anual ARS 850.239.798 millones (unos US$ 544 mil millones al MEP de octubre de 2026; sobreestimado respecto de los dólares de la época) 2025 Ídem, columna "Total" del Cuadro 8 (sin confirmar)
IPC, mensual +1,9% Sep 2026 IPC (13 oct 2026)
IPC, acumulado en el año +23,6% Dic 2025 a sep 2026 Ídem
IPC, interanual +33,4% Sep 2026 Ídem
IPC núcleo, mensual +1,7% Sep 2026 Ídem
Tasa de desocupación 7,9% 2.º trim. 2026 Mercado de trabajo, EPH (17 sep 2026)
Tasa de actividad / tasa de empleo 48,9% / 45,0% 2.º trim. 2026 Ídem
Tasa de informalidad laboral 45,0% 2.º trim. 2026 Ídem
Exportaciones de bienes US$ 77.267 millones (+21,6%) Ene a sep 2026 Intercambio comercial argentino (19 oct 2026)
Importaciones de bienes US$ 56.069 millones (−2,5%) Ene a sep 2026 Ídem
Balanza comercial +US$ 21.198 millones Ene a sep 2026 Ídem
Balanza comercial +US$ 11.286 millones (exportaciones 87.077; importaciones 75.791) Año 2025 Intercambio comercial argentino, diciembre 2025
Cuenta corriente +US$ 2.214 millones 2.º trim. 2026 Balanza de pagos (29 sep 2026)
Activos de reserva del BCRA US$ 44.870 millones Cierre 2.º trim. 2026 Ídem
Deuda externa bruta, valor nominal US$ 327.855 millones Cierre 2.º trim. 2026 Ídem

Tabla 2. Índice de precios al consumidor, nacional, 2024 a 2026

Variación mensual e interanual del nivel general del IPC nacional (base diciembre 2016 = 100). Fuente: archivo de datos del INDEC, región "Nacional", nivel general.

Mes Mensual % Interanual %
Dic 2023 25,5 211,4
Ene 2024 20,6 254,2
Abr 2024 8,8 289,4
Jul 2024 4,0 263,4
Oct 2024 2,7 193,0
Dic 2024 2,7 117,8
Mar 2025 3,7 55,9
Jun 2025 1,6 39,4
Sep 2025 2,1 31,8
Oct 2025 2,3 31,3
Nov 2025 2,5 31,4
Dic 2025 2,8 31,5
Ene 2026 2,9 32,4
Feb 2026 2,9 33,1
Mar 2026 3,4 32,6
Abr 2026 2,6 32,4
May 2026 2,1 33,2
Jun 2026 1,9 33,5
Jul 2026 2,1 33,8
Ago 2026 1,7 33,5
Sep 2026 1,9 33,4

Cómo leer la tabla: la inflación cayó muy rápido en 2024, del 25,5% mensual en diciembre de 2023 a menos del 3% mensual en octubre de 2024. Desde mediados de 2025 está estancada en un rango de aproximadamente 1,7% a 3,4% mensual, lo que compuesto da alrededor de 31% a 34% anual. En septiembre de 2026, los precios regulados subieron 2,3% (gas, electricidad y prepagas) y los estacionales 2,9% (INDEC, IPC septiembre 2026, resumen ejecutivo).

Tabla 3. PBI y demanda, 2.º trimestre de 2026

Componente Interanual % Trimestral %, desestacionalizado
PBI 2,0 −0,6
Consumo privado 0,4 −2,4
Consumo público −4,1 −2,3
Formación bruta de capital fijo −11,1 −0,8
Exportaciones de bienes y servicios 13,7 2,5
Importaciones de bienes y servicios −8,6 −3,5

Fuente: INDEC, informe de avance del nivel de actividad, 2.º trimestre de 2026, resumen ejecutivo. El crecimiento de 2026 lo impulsan las exportaciones, mientras que la inversión y el consumo interno cayeron.

Tabla 4. Qué vende Argentina y a quién (bienes)

Rubro de exportación, ene a sep 2026 Millones de US$ Participación % Variación interanual %
Manufacturas de origen agropecuario (MOA) 25.704 33,3 14,3
Manufacturas de origen industrial (MOI) 20.415 26,4 23,0
Productos primarios (PP) 18.696 24,2 14,5
Combustibles y energía (CyE) 12.452 16,1 53,6
Principales destinos de exportación, ene a sep 2026 Millones de US$ Variación interanual %
Brasil 9.789 4,5
Estados Unidos 7.708 35,2
China 7.146 9,6
Chile 5.037 3,0
India 4.712 17,3
Principales productos exportados, septiembre 2026 Millones de US$ Participación en el mes %
Aceites crudos de petróleo 1.127 11,2
Harina y pellets de soja 1.006 10,0
Maíz, excluido para siembra 833 8,3
Aceite de soja en bruto 597 6,0
Pickups diésel y vehículos para transporte de mercancías de hasta 5 t 518 5,2
Porotos de soja 468 4,7
Oro para uso no monetario, en bruto s.d. 4,0
Carne bovina deshuesada congelada s.d. 2,9
Trigo s.d. 2,7

Fuente: INDEC, intercambio comercial argentino septiembre 2026. Los diez principales productos representaron el 57,3% de las exportaciones de septiembre. En septiembre de 2026, China fue el mayor socio comercial individual (exportaciones por US$ 986 millones, importaciones por US$ 1.817 millones, con un déficit de US$ 831 millones) y el Mercosur la mayor zona comercial (US$ 3.500 millones de intercambio). En todo 2025, los mayores déficits bilaterales fueron con China y, en cuarto lugar, con la Unión Europea (US$ 1.992 millones) (INDEC, intercambio comercial argentino diciembre 2025).

Cómo leer el panorama comercial. La economía es exportadora de materias primas y hoy sus exportaciones de energía son las que más crecen: las exportaciones de combustibles y energía subieron 53,6% en los primeros nueve meses de 2026, y el petróleo crudo fue el principal producto de exportación en septiembre de 2026. Ese es el contexto del RIGI y del papel de las provincias en el petróleo, el gas y la minería.

Paso a paso

Esta es una secuencia de orientación. Cada paso enlaza con la página que lo trata en detalle.

  1. Elegí el vehículo (semana 1). Sucursal de la sociedad extranjera (art. 118 de la LGS), SA, SRL o SAS. Una sociedad controlante extranjera que vaya a ser accionista primero debe inscribirse según el art. 123 de la LGS en el registro de la sede de la sociedad (la IGJ en la CABA, o un registro provincial). Página: entities/sas.
  2. Elegí la jurisdicción (semana 1). La sede social determina el registro y la agencia tributaria provincial "local". Revisá la alícuota de Ingresos Brutos y el impuesto de sellos de esa jurisdicción antes de firmar alquileres. Páginas: taxes/gross-income, taxes/stamp-tax.
  3. Inscribí al accionista extranjero y constituí la sociedad (semanas 2 a 6). Documentación societaria apostillada de la controlante, estatuto, suscripción del capital. Capital de la SA de al menos ARS 30.000.000 (US$ 19.183) totalmente suscripto (art. 186 de la LGS). SAS: dos salarios mínimos (Ley 27.349, art. 40) (sin confirmar). El plazo legal de inscripción de una SAS con estatuto modelo es de 24 horas (Ley 27.349, art. 38), pero los tiempos reales en la CABA son más largos (sin confirmar).
  4. Obtené la CUIT y registrate en ARCA (desde la semana 6). Alta en IVA, Ganancias y como empleador. Una SAS tiene derecho a obtener su CUIT dentro de las 24 horas de inscripta (Ley 27.349, art. 60(2)). Página: entities/sas.
  5. Inscribite en Ingresos Brutos (la misma semana). Inscripción local si operás en una sola jurisdicción; inscripción en el Convenio Multilateral a través del RUT Padrón Federal si operás en más de una (página del Padrón Federal de Comarb). Página: taxes/gross-income.
  6. Abrí una cuenta bancaria e ingresá el capital (semanas 6 a 8). El capital traído del exterior conviene liquidarlo a través del MLC si el inversor quiere usar después la vía de repatriación del punto 3.13 de las normas cambiarias del BCRA (180 días para aportes desde el 21 de abril de 2025). Presentá el relevamiento de activos y pasivos externos del BCRA cuando corresponda (punto 1.9). Página: fx/exchange-controls.
  7. Contratá personal (desde la semana 8). Registrá a cada trabajador en ARCA desde el primer día, o se pierde el período de prueba (LCT, art. 92 bis, último párrafo). Elegí una ART (Ley 24.557, art. 3). Verificá si la contratación califica para el RIFL (Ley 27.802, art. 159). Informá el ID FAL antes del primer pago al FAL (RG 5907/2026, art. 6). Páginas: labor/employment-contracts-and-severance, taxes/payroll.
  8. Cumplí con las obligaciones mensuales. Retenciones de IVA y Ganancias, la declaración jurada de seguridad social F. 931, las declaraciones juradas de Ingresos Brutos, el cómputo del impuesto a los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta. Páginas: taxes/vat, taxes/withholdings, taxes/payroll.
  9. Presupuestá en términos reales. Indexá los costos en pesos por el IPC; revisá precios y salarios al menos una vez por trimestre (ver el Ejemplo 1).
  10. Planificá la salida desde el primer día. Dividendos: sin conformidad previa solo con utilidades auditadas de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025 (normas cambiarias del BCRA, punto 3.4.4.1); retención del 7% sobre dividendos (LIG, art. 97). Páginas: fx/exchange-controls, taxes/corporate-income-tax.

Cuánto cuesta (orientativo). Capital: ARS 30.000.000 (US$ 19.183) para una SA; dos salarios mínimos para una SAS (sin confirmar). Tasas registrales, honorarios notariales, publicaciones y traducciones: no figuran en las fuentes (sin confirmar). Plazo: la constitución más el alta impositiva suelen llevar de varias semanas a algunos meses según el registro (sin confirmar). Nómina: alrededor de 24% a 26,4% por encima del salario bruto, más la ART, por 13 sueldos al año (Ejemplo 2). RIGI: al menos US$ 200.000.000 de inversión y una solicitud ante el Ministerio de Economía (Ley 27.742, art. 173).

Costos y plazos

Tabla 5. Alícuotas y umbrales con los que primero se encuentra un inversor

Concepto Monto o alícuota USD al MEP Fuente
Ganancias de sociedades, primer tramo (2026) 25% hasta ARS 133.514.185,74 85.373 LIG, art. 73; escala ARCA 2026
Ganancias de sociedades, segundo tramo ARS 33.378.546,43 más 30% sobre el excedente hasta ARS 1.335.141.857,38 21.343 / 853.726 Ídem
Ganancias de sociedades, tramo superior ARS 393.866.847,93 más 35% sobre el excedente 251.849 Ídem
Retención sobre dividendos (personas humanas residentes y no residentes) 7% LIG, art. 97
Alícuota general del IVA 21% Ley de IVA, art. 28
Impuesto a los débitos y créditos bancarios, alícuota máxima 6 por mil Ley 25.413, art. 1
Capital mínimo de la SA ARS 30.000.000 19.183 LGS, art. 186; Decreto 209/2024
Umbral de capital para la fiscalización permanente de la SA ARS 2.000.000.000 1.278.854 LGS, art. 299(2); Res. MJ 10/2024
Contribuciones patronales (alícuota unificada) 20,40% o 18% Ley 27.541, art. 19
Detracción mensual por trabajador de la base de contribuciones ARS 7.003,68 4,48 Ley 27.541, art. 22
Detracción mensual adicional, empleadores de hasta 25 trabajadores ARS 10.000 6,39 Ley 27.541, art. 23
Obra social, empleador / trabajador 6% / 3% Ley 23.660, art. 16
Base mensual máxima para los aportes jubilatorios del trabajador ARS 4.691.748,47 3.000 Resolución ANSES 257/2026, art. 3
Inversión mínima del RIGI US$ 200.000.000 Ley 27.742, art. 173
Ganancias de sociedades en el RIGI 25% fijo Ley 27.742, art. 183(a)
Coparticipación: Nación / provincias 42,34% / 54,66% Ley 23.548, art. 3
Tope de los adelantos transitorios del BCRA 12% de la base monetaria más 10% de los recursos en efectivo de 12 meses Carta Orgánica del BCRA, art. 20

Tabla 6. Vencimientos y fechas recurrentes

Qué Cuándo Fuente
Primera cuota del SAC Hasta el 30 de junio LCT, art. 122
Segunda cuota del SAC Hasta el 18 de diciembre LCT, art. 122
Liquidación de cobros de exportaciones 20 días hábiles desde el cobro Normas cambiarias del BCRA, puntos 2.2.1 y 7.1.1
Repatriación de IED sin conformidad previa 180 días corridos desde la liquidación (aportes desde el 21 de abril de 2025) Normas cambiarias del BCRA, punto 3.13.1.7
Restricción cruzada de operaciones con títulos para empresas que compran divisas 90 días antes y después Normas cambiarias del BCRA, punto 3.16.3
Declaración jurada mensual de seguridad social (F. 931) Calendario anual de ARCA RG 5907/2026, art. 10
Declaración jurada mensual de Ingresos Brutos en el Convenio Multilateral Calendario de Comarb RG CA 20/2025
Plazo de adhesión al RIGI 8 de julio de 2027 Ley 27.742, art. 168; Decreto 105/2026
Inicio de las contribuciones al FAL 1 de diciembre de 2026 Decreto 408/2026, art. 27, sustituido por el Decreto 1228/2026
Cierre de la ventana de contratación del RIFL 30 de abril de 2027 Decreto 315/2026, art. 1
Publicación del IPC Mensual, alrededor de mediados de mes (el IPC de septiembre de 2026 se publicó el 13 de octubre de 2026) Informe de IPC del INDEC
Publicación del PBI Trimestral (el 2.º trimestre de 2026 se publicó el 17 de septiembre de 2026) Informe de PBI del INDEC

Tabla 7. Cronología de normas con fechas del Boletín Oficial

Fecha Norma Qué hace
Sancionada el 7 ene 1988, promulgada el 22 ene 1988 Ley 23.548 Régimen federal de coparticipación desde el 1 de enero de 1988
Sancionada el 23 sep 1992; Decreto 1860/92 BO 22 oct 1992 Ley 24.144 Carta Orgánica del BCRA
Sancionada el 15 dic 1994, promulgada el 3 ene 1995 Ley 24.430 Texto oficial de la Constitución con la reforma de 1994
BO 21 mar 2002 Ley 25.565, art. 80 Contribución patronal de obra social restablecida al 6% (nota de Infoleg a la Ley 23.660, art. 16)
BO 8 feb 2002 Ley 25.562 Sustituyó el art. 29 de la Carta Orgánica del BCRA (regulación cambiaria)
BO 28 mar 2012 Ley 26.739 Reescribió el mandato del BCRA (art. 3), sus funciones (art. 4) y los adelantos (art. 20)
BO 8 oct 2014 (suplemento) Ley 26.994 Código Civil y Comercial
BO 19 dic 2014 Ley 27.077 Código vigente desde el 1 de agosto de 2015
BO 12 abr 2017 Ley 27.349 Creación de la SAS
BO 23 dic 2019 Ley 27.541 Alícuotas unificadas de contribuciones patronales (art. 19)
BO 21 dic 2023 (N.º 35.326) DNU 70/2023 Desregulación; CCyC, arts. 765, 766 y 958; LGS, arts. 30 y 77
BO 8 feb 2024 Res. MJ 10/2024 Umbral de capital del art. 299 de la LGS: ARS 2.000.000.000
BO 1 mar 2024 Decreto 209/2024 Capital mínimo de la SA: ARS 30.000.000
Sancionada el 27 jun 2024, BO 8 jul 2024 Ley 27.742 Ley Bases, RIGI, reforma laboral
2024 Ley 27.743 Paquete fiscal
BO 23 ago 2024 Decreto 749/2024 Reglamentación del RIGI
11 abr 2025, vigente desde el 14 abr 2025 Com. A 8226 del BCRA Acceso de las personas humanas a divisas para atesoramiento
BO 2 ene 2026 Decreto 942/2025 Emergencia sanitaria del DNU 70/2023 prorrogada hasta el 31 dic 2026
BO 2 ene 2026 Ley 27.799 Ley de Inocencia Fiscal
BO 19 feb 2026 Decreto 105/2026 Plazo del RIGI prorrogado hasta el 8 jul 2027
Sancionada el 27 feb 2026, BO 6 mar 2026 Ley 27.802 Ley de Modernización Laboral
BO 4 may 2026 Decreto 315/2026 Reglamentación del RIFL
BO 1 jun 2026 Decreto 408/2026 Reglamentación del FAL
BO 30 sep 2026 RG 5903/2026 de ARCA Nuevo régimen de precios de transferencia
BO 9 oct 2026 Ley 27.826 Modifica la Ley de Inocencia Fiscal
BO 20 oct 2026 Decreto 1228/2026 Inicio del FAL trasladado al 1 dic 2026

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: qué significan ARS 1.000.000 de costos en USD y a lo largo de 12 meses

Hechos. Una pyme extranjera presupuesta una línea de costo mensual (alquiler, servicios, un contrato con un proveedor) de ARS 1.000.000 en octubre de 2026.

Paso 1. Convertir al tipo de cambio MEP de hoy. ARS 1.000.000 ÷ 1.563,90 = US$ 639,43.

Paso 2. Cuánto costaba la misma canasta hace un año y cuánto cuesta hoy. El índice del IPC nacional era 9.384,0922 en septiembre de 2025 y 12.514,1508 en septiembre de 2026 (INDEC, series del IPC). 12.514,1508 ÷ 9.384,0922 = 1,33355, una suba del 33,4%, que coincide con la variación interanual publicada. Es decir, una canasta que costaba ARS 1.000.000 en septiembre de 2025 costaba ARS 1.333.549 en septiembre de 2026.

Paso 3. Proyectar los próximos 12 meses con dos escenarios de inflación. Ninguno es un pronóstico; en las fuentes no hay ningún pronóstico oficial.

  • Escenario A, la inflación repite la de los últimos 12 meses (33,4%). ARS 1.000.000 × 1,33355 = ARS 1.333.549 en octubre de 2027.
  • Escenario B, la inflación se mantiene en la tasa mensual de septiembre de 2026, de 1,9%. 1,019 elevado a la 12 = 1,25340. ARS 1.000.000 × 1,25340 = ARS 1.253.401 en octubre de 2027.

Como referencia, la tasa mensual promedio implícita en el 23,6% acumulado en el año es 1,236 elevado a la 1/9, menos 1 = 2,39% mensual, que anualizada da alrededor de 32,7%.

Paso 4. Pasar a dólares el costo de octubre de 2027. El costo en dólares depende de cómo se mueva el MEP, algo que ninguna fuente predice. Con el Escenario A (ARS 1.333.549):

MEP en oct 2027 Variación frente a hoy Costo en USD
ARS 1.563,90 0% US$ 852,71
ARS 1.720,29 +10% US$ 775,19
ARS 1.876,68 +20% US$ 710,59
ARS 2.086,24 +33,4% (igual a la inflación) US$ 639,21

Paso 5. La lección. * Si el peso se deprecia en línea con la inflación, el costo en dólares se mantiene estable en alrededor de US$ 639. * Si el peso se deprecia menos que la inflación (una apreciación real), el costo en dólares sube: con un tipo de cambio fijo, el mismo servicio cuesta 33% más en dólares un año después. Es el efecto "Argentina está cara en dólares" que sienten los inversores extranjeros cuando el tipo de cambio se mueve más lento que los precios. * Un contrato fijo en pesos por 12 meses a ARS 1.000.000 le hace perder valor real al proveedor todos los meses. Al 1,9% mensual, el valor real promedio de los doce pagos es de alrededor del 88,7% del primero (la suma de 1 ÷ 1,019 elevado a la k, para k de 1 a 12, dividida por 12). Los proveedores lo saben y van a pedir un ajuste mensual o trimestral por IPC, o precios en dólares, que el Código Civil y Comercial ahora protege (CCyC, art. 765, sustituido por el DNU 70/2023, art. 250).

Ejemplo 2: costo laboral total simple de una contratación

Hechos. Una empresa contrata a un analista con un salario bruto mensual de ARS 2.000.000 (US$ 1.278,85). No es una gran empresa de servicios o comercio por encima del límite de ventas de "mediana tramo 2", así que se aplica la alícuota unificada del 18% (Ley 27.541, art. 19(b)). Tiene más de 25 empleados, así que no se aplica la detracción adicional de ARS 10.000. El salario está por debajo de la base máxima de ARS 4.691.748,47 (Resolución ANSES 257/2026, art. 3).

Paso 1. Contribución patronal unificada (jubilación, PAMI, FNE, asignaciones familiares). Base: ARS 2.000.000 − ARS 7.003,68 (Ley 27.541, art. 22) = ARS 1.992.996,32. Contribución: ARS 1.992.996,32 × 18% = ARS 358.739,34.

Paso 2. Contribución patronal de obra social. ARS 2.000.000 × 6% = ARS 120.000 (Ley 23.660, art. 16(a)).

Paso 3. Costo mensual del empleador antes de la ART. ARS 2.000.000 + 358.739,34 + 120.000 = ARS 2.478.739,34 (US$ 1.584,97). Las contribuciones patronales son el 23,94% del salario bruto.

Paso 4. Seguro de riesgos del trabajo (ART). Sumá la alícuota pactada con la ART. Las alícuotas no figuran en las fuentes (sin confirmar), así que el ejemplo deja afuera la ART.

Paso 5. Anualizar con el 13.º sueldo. El SAC agrega dos medios sueldos por año (LCT, arts. 121 y 122). En cada cuota del SAC la detracción del art. 22 se reduce a la mitad (Ley 27.541, art. 22, cuarto párrafo): * Cuota del SAC: ARS 1.000.000. * Contribución unificada sobre ella: (1.000.000 − 3.501,84) × 18% = ARS 179.369,67. * Obra social sobre ella: 1.000.000 × 6% = ARS 60.000. * Costo por cuota: ARS 1.239.369,67; dos cuotas: ARS 2.478.739,34.

Costo anual: 12 × ARS 2.478.739,34 + ARS 2.478.739,34 = ARS 32.223.611,39 (US$ 20.604,65). Eso equivale a ARS 2.685.300,95 por mes en promedio (US$ 1.717,05), o 1,343 veces el salario bruto mensual.

No incluye: la alícuota de la ART, las reglas de vacaciones (LCT, art. 155) (sin confirmar), los aportes previstos en convenios colectivos, el seguro de vida obligatorio (sin confirmar), la cuota sindical, la comida u otros beneficios, ni los ajustes del salario por inflación durante el año.

Paso 6. Lo que cobra en mano el empleado. Aportes: 11% + 3% + 3% = 17%, o ARS 340.000. Neto antes de Ganancias y cuota sindical: ARS 1.660.000 (US$ 1.061,45). Así, la cuña entre lo que paga el empleador (ARS 2.478.739,34) y lo que recibe el empleado (ARS 1.660.000) es de ARS 818.739,34, o el 33% del costo del empleador.

Variante A, gran empleador de servicios o comercio (20,40%). (2.000.000 − 7.003,68) × 20,40% = ARS 406.571,25; más 120.000 de obra social; costo mensual ARS 2.526.571,25 (US$ 1.615,56), contribuciones del 26,33% del bruto. Costo anual con SAC: ARS 32.845.426,24 (US$ 21.002,25).

Variante B, contratación que califica para el RIFL en una pyme después del 1 de diciembre de 2026. Durante los primeros 48 meses el empleador paga 2% para jubilación, FNE y asignaciones familiares y 3% para PAMI en lugar de la alícuota general (Ley 27.802, art. 159), más el 6% completo de obra social. Para las altas del RIFL el FAL se debe sin la compensación habitual (Decreto 315/2026, art. 8), así que una pyme suma 2,5% (Ley 27.802, art. 60). * 5% × 2.000.000 = ARS 100.000 (las fuentes no dicen si la detracción del art. 22 también se aplica en el RIFL (sin confirmar); el ejemplo no la considera). * Obra social: ARS 120.000. * FAL: 2,5% × 2.000.000 = ARS 50.000. * Costo mensual: ARS 2.270.000 (US$ 1.451,50), frente a ARS 2.478.739,34 en el régimen general: un ahorro de ARS 208.739,34 por mes (US$ 133,47), o alrededor del 8,4%.

Paso 7. Términos reales. Si el salario queda fijo durante un año mientras los precios suben 1,9% por mes (Ejemplo 1, Escenario B), el salario real del empleado en el mes 12 es alrededor de 20% menor que en el mes 1 (1 ÷ 1,2534 = 0,798). En la práctica los salarios siguen los aumentos de los convenios colectivos (sin confirmar) y los empleadores deberían presupuestar ajustes.

Ejemplo 3: cómo leer la carga tributaria provincial de una misma venta

Una empresa vende ARS 10.000.000 (US$ 6.394,27) en bienes, la mitad a clientes en la CABA y la mitad en Córdoba, con la mitad de sus gastos en cada una. Según el régimen general del Convenio Multilateral, el 50% de la base se asigna por ingresos y el 50% por gastos (CM, art. 2), así que cada jurisdicción grava ARS 5.000.000 a su propia alícuota. Las alícuotas surgen de la ley tarifaria anual de cada jurisdicción, que no está en las fuentes (sin confirmar). El IVA del 21% (ARS 2.100.000) es un impuesto nacional que recauda ARCA y que se computa como crédito a lo largo de la cadena; Ingresos Brutos no genera crédito y es un costo puro. Ver taxes/gross-income para ejemplos completos.

Trampas prácticas

  • Creer que "nacional" significa "uniforme". Las leyes nacionales rigen en todo el país, pero las provincias manejan tribunales, registros y sus propios impuestos. Un mismo contrato puede pagar impuesto de sellos en dos provincias, y una misma venta Ingresos Brutos en varias.
  • Presupuestar en pesos sin indexar. Al 1,9% mensual, un presupuesto fijo en pesos pierde alrededor de un cuarto de su valor real en un año (Ejemplo 1).
  • Olvidarse del SAC. Un salario anual son 13 sueldos mensuales, no 12, y el empleador paga contribuciones sobre los 13 (Ejemplo 2).
  • Suponer que los dólares comprados en Argentina pueden salir libremente. Las personas humanas pueden comprar dólares; las empresas todavía necesitan conformidad previa para atesoramiento en el exterior, y los dividendos y la repatriación tienen condiciones específicas (normas cambiarias del BCRA, puntos 3.4, 3.10 y 3.13).
  • Ingresar capital por fuera del MLC. El dinero que no se ingresa y liquida a través del mercado oficial puede no calificar después para la repatriación sin conformidad previa (punto 3.13).
  • Operar MEP y comprar dólares oficiales en el mismo trimestre. Las empresas que operan títulos con liquidación en dólares quedan sujetas a la restricción cruzada de 90 días (punto 3.16.3).
  • Apoyarse en jurisprudencia vieja sobre moneda extranjera. Antes del DNU 70/2023, un pago en pesos cancelaba una deuda en dólares (art. 765 original del CCyC). El nuevo texto protege la moneda pactada, pero su aplicación frente a las normas cambiarias no está resuelta en las fuentes (sin confirmar).
  • Confundir el RIGI con el RIMI. El RIGI es para proyectos de US$ 200 millones o más; los proyectos más chicos deberían mirar el RIMI de la Ley 27.802, Título XXIII. Una misma inversión no puede beneficiarse de ambos (Ley 27.802, art. 184(f)).
  • Usar un DNU como si fuera una ley. Un DNU tiene fuerza de ley, pero el Congreso puede rechazarlo o puede impugnarse judicialmente; verificá el estado actual de cada disposición en la que te apoyes (sin confirmar).
  • No registrar desde el primer día. Un trabajador no registrado implica la pérdida del período de prueba (LCT, art. 92 bis) y exposición a sanciones y reclamos.
  • Convertir cifras históricas en pesos al tipo de cambio de hoy. Distorsiona las comparaciones; el PBI 2025 del INDEC convertido al MEP de octubre de 2026 es un número distinto del PBI 2025 en dólares de 2025.

Cambios recientes

  • 21 dic 2023: Se publica el DNU 70/2023: desregulación, derogación de la Ley de Abastecimiento, obligaciones en moneda extranjera en el Código Civil y Comercial, cambios a la Ley de Sociedades.
  • 8 feb 2024: Umbral de capital del art. 299 de la LGS fijado en ARS 2.000.000.000 (Res. MJ 10/2024).
  • 1 mar 2024: Capital mínimo de la SA de ARS 30.000.000 (Decreto 209/2024).
  • 8 jul 2024: Se publica la Ley 27.742 (Ley Bases): RIGI, reforma laboral, privatizaciones, delegación de facultades.
  • 2024: Paquete fiscal de la Ley 27.743: regularización, regularización de activos, Bienes Personales, cambios en Ganancias.
  • 23 ago 2024: El Decreto 749/2024 reglamenta el RIGI.
  • 14 abr 2025: Las personas humanas recuperan el acceso al mercado de cambios para atesoramiento (Com. A 8226).
  • 2025: La inflación baja a 31,5% de diciembre a diciembre, desde 117,8% en 2024 (INDEC).
  • 2 ene 2026: Se publica la Ley de Inocencia Fiscal 27.799; emergencia sanitaria prorrogada hasta el 31 dic 2026 (Decreto 942/2025).
  • 19 feb 2026: Plazo de adhesión al RIGI prorrogado hasta el 8 jul 2027 (Decreto 105/2026).
  • 6 mar 2026: Se publica la Ley de Modernización Laboral 27.802.
  • 1 may 2026: Se abre la ventana de contratación del RIFL (Decreto 315/2026).
  • 2.º trimestre 2026: El PBI cae 0,6% frente al trimestre anterior y sigue 2,0% arriba en términos interanuales (INDEC, 17 sep 2026).
  • 30 sep 2026: Nuevo régimen de precios de transferencia (RG 5903/2026 de ARCA).
  • 9 oct 2026: La Ley 27.826 modifica la Ley de Inocencia Fiscal.
  • 13 oct 2026: El INDEC informa un IPC de septiembre de 1,9% mensual y 33,4% interanual.
  • 19 oct 2026: El INDEC informa un superávit comercial de septiembre de US$ 2.976 millones, el 34.º consecutivo.
  • 20 oct 2026: Inicio del FAL trasladado al 1 dic 2026 (Decreto 1228/2026).

Cambios pendientes

  • Inicio del FAL, 1 de diciembre de 2026. Las normas de recaudación de ARCA arrancan con el período devengado noviembre 2026, mientras que el decreto fija el 1 de diciembre de 2026; la discrepancia sigue abierta (ver taxes/payroll) (sin confirmar).
  • Contribución patronal de obra social incorporada a la Ley 23.660 al 6% desde el 1 de enero de 2027 (Ley 27.802, art. 165), con derogación de la norma de la ley de presupuesto que la fijaba hasta entonces (art. 166).
  • Renegociación de los convenios colectivos vencidos dentro del año de promulgada la Ley 27.802 (art. 137) (sin confirmar).
  • La ventana del RIFL cierra el 30 de abril de 2027 (Decreto 315/2026, art. 1).
  • Plazo de adhesión al RIGI: 8 de julio de 2027, sin nuevas prórrogas permitidas por la ley (Ley 27.742, art. 168).
  • La emergencia sanitaria del DNU 70/2023 rige hasta el 31 de diciembre de 2026 (Decreto 942/2025) (sin confirmar).
  • Presupuesto nacional 2027 y cambios tributarios (sin confirmar).
  • Marco monetario del BCRA y banda cambiaria (sin confirmar).
  • Riesgo país y calificaciones soberanas (sin confirmar).
  • Situación judicial del capítulo laboral del DNU 70/2023 (sin confirmar).

Preguntas frecuentes

1. ¿Cuántos "estados" tiene Argentina? Veintitrés provincias más la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 jurisdicciones en total. Las provincias conservan todo el poder no delegado a la Nación (Constitución, art. 121), y la Ciudad tiene facultades propias de legislación y jurisdicción (art. 129).

2. ¿El derecho argentino es common law o derecho continental? Derecho continental. El Congreso dicta los códigos nacionales (Constitución, art. 75(12)), principalmente el Código Civil y Comercial (Ley 26.994, vigente desde el 1 de agosto de 2015). Las sentencias judiciales tienen valor persuasivo, no son precedentes obligatorios en el sentido del common law.

3. ¿Un extranjero puede ser dueño de una sociedad o de un inmueble en Argentina? Sí. Los extranjeros gozan de todos los derechos civiles del ciudadano, incluidos los de comerciar y de poseer y enajenar bienes raíces (Constitución, art. 20). Una sociedad extranjera que quiera ser accionista de una sociedad argentina primero debe inscribirse en el Registro Público (art. 123 de la LGS). Pueden aplicarse restricciones específicas sobre tierras rurales o de frontera (sin confirmar).

4. ¿Cuál es la inflación hoy? 1,9% en septiembre de 2026, 23,6% acumulado en 2026 y 33,4% en doce meses (INDEC, IPC septiembre 2026). Fue de 117,8% en 2024 y 31,5% en 2025 (de diciembre a diciembre).

5. ¿Puedo firmar contratos en dólares estadounidenses? Sí. Desde el DNU 70/2023, el deudor solo se libera pagando en la moneda pactada y los jueces no pueden modificarla (CCyC, arts. 765 y 766 sustituidos). Las normas cambiarias siguen definiendo si el deudor puede comprar esos dólares en el mercado oficial, y cómo aplican la regla los tribunales en los conflictos no está cubierto por las fuentes (sin confirmar).

6. ¿Mi subsidiaria argentina puede pagarme dividendos en el exterior? Sí, sin conformidad previa del BCRA, con utilidades auditadas de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025 (normas cambiarias del BCRA, punto 3.4.4.1). Las utilidades anteriores necesitan otra vía o conformidad. La subsidiaria retiene el 7% (LIG, art. 97). Ver fx/exchange-controls y taxes/corporate-income-tax.

7. ¿Cuánto cuesta realmente un empleado? Alrededor de 24% a 26,4% por encima del salario bruto en contribuciones patronales, más la alícuota de la ART, sobre 13 sueldos al año. Un salario bruto mensual de ARS 2.000.000 le cuesta a un empleador con alícuota del 18% alrededor de ARS 32,2 millones por año (US$ 20.605), antes de la ART y otros conceptos (Ejemplo 2).

8. ¿Quién cobra los impuestos? ARCA, los impuestos nacionales y la seguridad social; 24 agencias tributarias provinciales, Ingresos Brutos, el impuesto de sellos y los impuestos inmobiliarios; y los municipios, las tasas locales. Los impuestos nacionales coparticipables se distribuyen 42,34% a la Nación y 54,66% a las provincias, y el resto a fondos específicos (Ley 23.548, art. 3).

9. ¿El Banco Central es independiente? Su Carta Orgánica dice que no está sujeto a órdenes ni instrucciones del Poder Ejecutivo (Carta Orgánica del BCRA, art. 4), y solo puede prestarle al Tesoro dentro de los límites del art. 20. Su directorio lo designa el Poder Ejecutivo (sin confirmar).

10. ¿Qué es el RIGI y se aplica a mi caso? Un régimen para proyectos únicos de al menos US$ 200 millones en sectores elegibles, con Ganancias al 25%, menor impuesto sobre dividendos, beneficios aduaneros y cambiarios y 30 años de estabilidad (Ley 27.742, arts. 164 a 228). Las solicitudes cierran el 8 de julio de 2027. Los inversores más chicos deberían mirar el RIMI.

11. ¿Qué es el dólar MEP y por qué lo usa esta guía? Es un tipo de cambio de mercado implícito que surge de comprar un bono en pesos y venderlo en dólares en el mercado local. La guía usa esa cotización (tipo vendedor del dólar MEP (dolarapi.com)), ARS 1.563,90 el 23 de octubre de 2026 (sin confirmar), porque es el tipo de cambio al que muchos inversores efectivamente valúan los montos en pesos. No es un tipo de cambio oficial y no figura en las fuentes oficiales.

12. ¿Qué tamaño tiene la economía argentina? El PBI a precios corrientes del INDEC para 2025 es de ARS 850.239.798 millones, unos US$ 544 mil millones al MEP de octubre de 2026 (una conversión que ignora la inflación y la depreciación de 2026) (sin confirmar). El crecimiento real fue de 4,5% en 2025 y de 2,0% interanual en el 2.º trimestre de 2026.

13. ¿Cuál es el "riesgo país" hoy? Ninguna fuente oficial de esta guía lo publica. La edición va a agregar la última cifra con su fecha y su fuente (sin confirmar).

Publicado el 27 oct 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron línea por línea con el texto oficial; apoyate en las fuentes primarias enlazadas abajo antes de actuar, y tené en cuenta que esta página va a cambiar a medida que la verifiquemos.

Fuentes primarias

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