¿Los directores de una sociedad argentina tienen que ser residentes?
Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio
Respuesta corta. Depende del tipo. En una SA, la mayoría absoluta de los directores debe tener domicilio real en la Argentina y todos deben constituir domicilio especial en el país (Ley 19.550, art. 256). En una SAS alcanza con un administrador domiciliado en el país (Ley 27.349, art. 51). Para los gerentes de una SRL la ley no lo dice expresamente.
Al 26 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.
La norma
La ley pide domicilio real en la República (donde la persona vive), no nacionalidad ni categoría migratoria (sin confirmar).
- SA y SAU. "La mayoría absoluta de los directores deben tener domicilio real en la República" y todos deben constituir domicilio especial en el país, donde valen las notificaciones, incluso de la acción de responsabilidad (Ley 19.550, art. 256). Con 1 o 2 directores, todos deben ser residentes; con 3, al menos dos. Las SA del art. 299 (salvo inc. 7) tienen al menos 3 (art. 255), o sea, al menos 2 residentes.
- SRL. Los gerentes tienen "los mismos derechos, obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades" que los directores de SA (Ley 19.550, art. 157) y todos deben constituir domicilio especial (Normas IGJ, art. 104 inc. 5, según la RG IGJ 3/2026, art. 5). Si la mayoría residente también los alcanza por el art. 157 no está resuelto (sin confirmar).
- SAS. "Al menos uno de sus miembros deberá tener domicilio real en la República Argentina", y los miembros extranjeros deben tener CDI, designar representante y fijar domicilio en el país (Ley 27.349, art. 51). Como la frase sigue a la del órgano plural, se discute si un administrador único puede vivir afuera; lo prudente es tener siempre uno residente (sin confirmar).
- CUIT, no CDI. Desde el 2 de marzo de 2026 los residentes en el exterior sacan CUIT por un representante con domicilio en el país, incluidos quienes dirigen o administran una sociedad local (RG ARCA 5803/2025, arts. 6 y 34). Aunque la ley de SAS dice "CDI", se entiende que la CUIT cumple (sin confirmar).
- Garantía. La fija el estatuto (Ley 19.550, arts. 256 y 157). En CABA puede ser depósito, títulos públicos, seguro de caución, aval, caución juratoria u otro medio, con costo y forma libres y sin monto mínimo. Los suplentes la constituyen al asumir (Normas IGJ, art. 70, según la RG IGJ 3/2026, art. 3). La ley de SAS no la regula y remite supletoriamente a la SRL (art. 49) (sin confirmar).
Qué cambia la respuesta
- Tipo societario. En una SAS alcanza con un administrador residente (Ley 27.349, art. 51).
- Tamaño del directorio. Con director único, ese director debe vivir en el país; con tres, uno puede vivir afuera (Ley 19.550, art. 256).
- Actividades reguladas. En transporte aéreo, el presidente, los gerentes y al menos dos tercios de los directores deben tener domicilio legal en el país (Código Aeronáutico, Ley 17.285, art. 99, sustituido por el DNU 338/2025, art. 3). El DNU 70/2023 exigía además nacionalidad argentina; el DNU 338/2025 la quitó (sin confirmar).
- Provincia. Esta página sigue a la IGJ (CABA); otros registros pueden diferir (sin confirmar).
Ejemplo práctico (ARS y USD)
Un grupo extranjero arma una SA en CABA con 3 directores: dos viven en Buenos Aires y uno afuera. Dólar MEP de ARS 1.563,90 por US$ al 23 de octubre de 2026, dato del encargo editorial (sin confirmar) (cotización en vivo).
| Paso o concepto | Plazo | Costo ARS | Costo USD |
|---|---|---|---|
| 1. Controlar el directorio: 2 de 3 residentes | Al redactar | 0 | 0 |
| 2. CUIT del director del exterior | Sin plazo en la RG 5803/2025 (sin confirmar) | Sin arancel fijado (sin confirmar) | Sin arancel fijado (sin confirmar) |
| 3. Domicilio especial de los 3 | Con la aceptación | 0 | 0 |
| 4a. Garantía A: caución juratoria | Con la aceptación | 0 | 0 |
| 4b. Garantía B: depósito de ARS 1.000.000 por director según estatuto (supuesto, no es mínimo legal) | Con la aceptación | 3.000.000 | 1.918,28 |
| 4c. Garantía C: seguro de caución | Lo fija la aseguradora (sin confirmar) | Sin dato oficial (sin confirmar) | Sin dato oficial (sin confirmar) |
| 5. Publicación e inscripción en la IGJ | Sin plazo en las fuentes (sin confirmar) | Sin dato oficial (sin confirmar) | Sin dato oficial (sin confirmar) |
Paso a paso:
- Conteo. 3 directores, mayoría absoluta = 2: se cumple el art. 256. Si renuncia un residente y asume un suplente del exterior, queda 1 de 3 y se incumple.
- Opción B. ARS 1.000.000 × 3 = ARS 3.000.000. ARS 3.000.000 ÷ 1.563,90 = US$ 1.918,28 (US$ 639,43 por director). Monto ilustrativo.
- Opción A. La caución juratoria cuesta ARS 0 en efectivo (Normas IGJ, art. 70).
Costo total: sin tasa oficial encontrada para la residencia ni la garantía (sin confirmar); garantía desde ARS 0 (caución juratoria) hasta lo que fije el estatuto; sin efecto sobre el capital; plazo sujeto a la CUIT y a la IGJ, sin término oficial (sin confirmar).
En el trámite. Para la CUIT, el representante usa "Presentaciones Digitales", trámite "Alta CUIT personas humanas - Situaciones especiales", con el Formulario 460 F/PD (rubros 1 a 5) y el pasaporte. Si está de paso, puede ir a ARCA con turno web (art. 6). Ante la IGJ cada director presenta aceptación del cargo, domicilio especial (y, si quiere, uno electrónico) y declaración jurada de Persona Expuesta Políticamente (Normas IGJ, art. 104 incs. 4 a 6).
Errores comunes
- Creer que el DNU 70/2023 eliminó la regla. Solo cambió los arts. 30 y 77 de la Ley de Sociedades (arts. 346 y 347 del DNU). Su propio art. 256 modifica el Código Civil y Comercial.
- Olvidarse de los suplentes. Si asume un suplente, hay que recontar la mayoría residente.
- Seguir pidiendo CDI. Las listas de requisitos viejas dicen CDI, pero ARCA ahora da CUIT a los no residentes (RG 5803/2025, art. 6). Las CDI ya otorgadas valen hasta que haya que modificar datos, y ahí ARCA las convierte en CUIT (art. 33 inc. b).
Preguntas frecuentes
¿Pueden vivir afuera todos los directores de una SA? No, más de la mitad debe tener domicilio real en el país (Ley 19.550, art. 256).
¿Un extranjero que vive en la Argentina cuenta? Sí, la ley mira el domicilio real, no la nacionalidad (sin confirmar).
¿Una SAS puede tener un administrador único que vive afuera? Probablemente no, aunque el art. 51 deja margen para discutirlo (sin confirmar).
¿El director del exterior tiene que sacar CUIT? Sí, por un representante con domicilio en el país. La RG 5803/2025 lo prevé para quien debe aportar como autónomo por dirigir una sociedad local (art. 6).
¿Cuánto sale la garantía del director? Puede costar cero: en CABA se admite la caución juratoria, sin monto mínimo (Normas IGJ, art. 70).
Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.
Fuentes primarias
Para profundizar
- CUIT, CDI, cuentas bancarias y directores residentes (página principal)
- SA y SAU
- SRL
- SAS
- ¿Puede un extranjero abrir una sociedad en la Argentina sin vivir acá?
- ¿Cómo saca la CUIT un extranjero?
- Dólar MEP en vivo
- Versión en inglés
`)
- Ley 27.349 (SAS), texto actualizado, arts. 49 y 51: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/270000-274999/273567/texact.htm (3. RG IGJ 15/2024, Anexo A (Normas IGJ), texto actualizado, arts. 70 y 104: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/400000-404999/401548/texact.htm (4. RG IGJ 3/2026, del 12 de mayo de 2026, arts. 3 y 5: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/425000-429999/425746/norma.htm (5. RG ARCA 5803/2025, BO 24 de diciembre de 2025, vigente desde el 2 de marzo de 2026, arts. 6, 33 y 34: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/420000-424999/421823/norma.htm (6. DNU 70/2023, arts. 208, 256, 346 y 347: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-70-2023-395521 (7. DNU 338/2025, BO 20 de mayo de 2025, art. 3 (Código Aeronáutico, art. 99): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/410000-414999/412944/norma.htm (8. Ley 17.285 (Código Aeronáutico), texto actualizado, art. 99: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/24963/texact.htm (9. Borrador de la página principal: ` secciones 3, 4, 9 y 10.