¿Cómo pagarle a un proveedor del exterior desde Argentina?
Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio
Respuesta corta. Se compran los dólares en el mercado oficial, por su banco y con débito en una cuenta propia en pesos. Los bienes se pagan desde el despacho y no antes del vencimiento de la factura. Los servicios de proveedores no vinculados, una vez prestados; los de vinculados, a los 90 días. Ya no rigen SIRA, SIRASE, SEDI ni impuesto PAIS.
Al 26 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.
La norma
El banco debe constatar que la operación es genuina (BCRA, texto ordenado "Exterior y Cambios", puntos 1.1 y 1.2, actualizado al 14/09/2026 por la Com. A 8481). El tipo de cambio es libre (punto 1.3) y el boleto de cambio es declaración jurada (punto 5.3).
- Bienes con despacho oficializado. Se pagan desde el registro de ingreso aduanero (punto 10.10.1, texto de la Com. A 8226, vigente desde el 14/04/2025), nunca antes del vencimiento de la deuda (punto 10.3.2.3) y con débito en cuenta propia (punto 10.3.2.2). El banco nominado en el SEPAIMPO certifica el legajo y puede emitir una certificación para pagar por otro banco (puntos 10.3.2.1, 11.1 y 11.1.3).
- Papeles para bienes (punto 10.3.2.1): despacho, factura comercial a nombre del importador, documento de transporte, prueba del vencimiento y, si corresponde, la deuda declarada en el "Relevamiento de activos y pasivos externos". También una declaración jurada de liquidar en 20 días hábiles cualquier devolución que cobre (punto 10.3.2.4).
- Pagar antes del despacho exige encuadrar en el punto 10.10.2 o pedir conformidad previa del BCRA (puntos 10.4.2.8 y 10.4.3.7). Después hay 90 días corridos (270 para anticipos de bienes de capital) para demostrar el despacho o reingresar los fondos; con proveedor vinculado, el anticipo requiere conformidad previa (puntos 10.4.2.4 y 10.4.3.6).
- Servicios. Con documentación que avale el servicio (punto 13.1.1): no vinculado, desde la prestación o devengamiento (punto 13.2.5); vinculado, 90 días corridos después (punto 13.2.6). Al no vinculado se le puede pagar antes con dólares propios depositados en un banco local (punto 13.3.9).
- En todo pago se firman las declaraciones del punto 3.16, entre ellas no superar US$ 100.000 en activos externos líquidos y CEDEARs (punto 3.16.2.1).
- SIRA, SIRASE y SEDI ya no existen. SIRA y SIRASE cayeron con la derogación de la RG Conjunta 5271/2022 (RG Conjunta 5466/2023, art. 15). El SEDI se derogó y sus declaraciones quedaron sin efecto (RG Conjunta 5651/2025, art. 1, BO 25/02/2025, vigente desde el día siguiente, art. 2).
- Impuesto PAIS: terminó. Se creó por cinco períodos fiscales (Ley 27.541, art. 35) y se aplicó del 23/12/2019 al 22/12/2024 inclusive (RG ARCA 5720/2025, considerandos).
Qué cambia la respuesta
- MiPyME o persona humana. Puede pagar a la vista contra documentos de embarque, para bienes embarcados desde el 14/04/2025 (punto 10.10.2.1). La SRL del ejemplo, no.
- Bienes de capital. Hasta 30% de anticipo y 80% en total antes del despacho, sobre el valor FOB (punto 10.10.2.2).
- Proveedor vinculado. Los servicios esperan 90 días aunque la vinculación termine después (punto 13.2.6).
- Deudas anteriores al 13/12/2023 (despachos o servicios hasta el 12/12/2023). Requieren conformidad previa salvo excepción, como el BOPREAL (puntos 10.11 y 13.4).
Ejemplo práctico (ARS y USD)
Una SRL que no es MiPyME importa mercadería (no bienes de capital) por US$ 20.000 de un proveedor no vinculado de Estados Unidos, a 30 días del conocimiento de embarque, y recibe una factura de US$ 5.000 de un desarrollador de software del exterior no vinculado, por un trabajo terminado el 30/09/2026. Pesos al dólar MEP de ARS 1.563,90 del 23/10/2026 (tipo de cambio MEP vendedor, dolarapi.com) (en vivo: /data/mep/). Promedio minorista del BCRA ese día: ARS 1.549,77 (API BCRA, serie 4).
| Paso o concepto | Plazo | Costo ARS | Costo USD |
|---|---|---|---|
| Embarque, conocimiento de embarque | 15/09/2026 | 0 | 0 |
| Vencimiento de la factura | 15/10/2026 | 0 | 0 |
| Despacho, banco nominado en SEPAIMPO | 20/10/2026 | tributos aduaneros, no incluidos | |
| Giro de la mercadería | Desde 20/10/2026 | 31.278.000,00 | 20.000,00 |
| Servicio de software terminado y facturado | 30/09/2026 | ||
| Retención de Ganancias ingresada a ARCA | Al pagar | 2.463.142,50 | 1.575,00 |
| Giro del neto | Desde 30/09/2026 | 5.356.357,50 | 3.425,00 |
| IVA prestación del exterior, computable | 30/09/2026 (fin de la prestación) | 1.642.095,00 | 1.050,00 |
Mercadería. 1. El despacho (20/10) es posterior al vencimiento (15/10): se paga desde el 20/10 (puntos 10.10.1 y 10.3.2.3). 2. 20.000 × 1.563,90 = ARS 31.278.000,00 (ARS 30.995.400,00 al promedio minorista).
Servicio de software. 1. Proveedor no vinculado: se paga desde el 30/09 (punto 13.2.5). Si fuera la casa matriz: desde el 29/12/2026, 90 días corridos después (punto 13.2.6). 2. Retención, si el honorario es de fuente argentina como asesoramiento "prestado desde el exterior" (Ley de Ganancias, art. 13) sin convenio: 35% × 90% de ganancia presunta × 5.000 = US$ 1.575,00 (arts. 102, 103 y 104 inc. i)). (sin confirmar) 3. Neto a girar: 5.000 − 1.575 = US$ 3.425,00, ARS 5.356.357,50. 4. IVA: 21% × 5.000 = US$ 1.050,00 si la SRL es responsable inscripta (Ley de IVA, arts. 1 inc. d), 5 inc. h) y 28). Nace al terminar la prestación o al pagar, lo anterior (art. 5 inc. h)): acá, el 30/09. (sin confirmar)
Costo total: sin arancel del BCRA; comisiones de cambio y SWIFT del banco (sin confirmar); capital ARS 39,10 millones (US$ 25.000 brutos); ninguna espera cambiaria en los dos pagos, tres meses si el desarrollador fuera vinculado.
Errores comunes
- Comprar MEP o CCL y después ir al oficial. Si la empresa vendió títulos con liquidación en dólares en los 90 días previos, no accede al oficial, y al acceder se compromete a no hacerlo por 90 días más (puntos 3.16.3.1 y 3.16.3.2).
- Adelantar el pago. No se puede pagar antes del vencimiento pactado con el proveedor (punto 10.3.2.3).
- Fondos o beneficiario de terceros. Los pesos salen de cuenta propia y el giro va a quien facturó, o a otra empresa de su grupo si se documenta (puntos 10.3.2.2 y 10.2.5).
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si pago por adelantado y la mercadería no llega? Hay que demostrar el despacho en 90 o 270 días o reingresar los fondos (punto 10.4.2.4). Por causas ajenas al importador, el banco puede extender hasta 365 días (545 en bienes de capital) (punto 10.5.5.3).
¿Puedo pagar con los dólares que ya tengo en el banco? Para servicios de un proveedor no vinculado sí, incluso antes de la prestación, mediante canje o arbitraje desde su cuenta en dólares local (punto 13.3.9).
¿Quién cuenta como vinculado? El punto 6.6 remite al punto 1.2.2 de las normas del BCRA sobre "Grandes exposiciones al riesgo de crédito" (sin confirmar).
Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.
Fuentes primarias
- BCRA, texto ordenado "Exterior y Cambios", actualizado al 14/09/2026 (Com. A 8481), puntos 1.1 a 1.3, 3.16, 5.3, 6.6, 10.2.5, 10.3, 10.4, 10.5.5.3, 10.10, 10.11, 11.1, 13.1 a 13.4: https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8481.pdf. Local
- BCRA, Com. A 8226 (11/04/2025): https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8226.pdf. Local
- Ley 27.541, art. 35: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/330000-334999/333564/texact.htm. Local
- RG ARCA 5720/2025, considerandos: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=414858. Local
- RG Conjunta 5466/2023, art. 15: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395637. Local
- RG Conjunta 5651/2025, arts. 1 y 2: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410079. Local
- Ley de Impuesto a las Ganancias, t.o. 2019 (Decreto 824/2019), arts. 13, 102, 103 y 104: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/330000-334999/332890/texact.htm. Local
- Ley de IVA, t.o. 1997 (Decreto 280/1997), arts. 1 inc. d), 5 inc. h) y 28: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/42701/texact.htm. Local
- API BCRA, serie 4 (tipo de cambio minorista, vendedor), 23/10/2026: https://api.bcra.gob.ar/estadisticas/v4.0/monetarias/4. Local
- Dólar MEP ARS 1.563,90 al 23/10/2026: (tipo de cambio MEP vendedor, dolarapi.com), sin fuente oficial (sin confirmar).
Para profundizar
Las páginas de la guía están, por ahora, en inglés.