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Guía · Inversiones

¿Hay restricciones a la inversión extranjera en Argentina?

Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio

Respuesta corta. Pocas. La Ley 21.382 le da al inversor extranjero los mismos derechos que al local y no hace falta aprobación previa. Los límites son por sector: tope del 30% extranjero en medios, previa conformidad para campos o paquetes de control en zona de seguridad de frontera, reglas de domicilio en aerocomerciales y autorización para fábricas de armas.

Al 26 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.

La norma

Trato nacional. El inversor extranjero tiene "los mismos derechos y obligaciones" que el nacional (Ley 21.382, t.o. 1993, art. 1). Puede invertir "sin necesidad de aprobación previa" (Decreto 1853/1993, art. 2) y repatriar capital y utilidades (Ley 21.382, art. 5) "en cualquier momento" (Decreto 1853/1993, art. 5). No se halló un control general de inversiones por seguridad nacional (sin confirmar).

Sectores con límites:

Sector Regla Norma
Medios Extranjeras hasta 30% del capital y de los votos, ampliable por reciprocidad Ley 25.750, art. 2
Licencias audiovisuales Extranjero hasta 30% de capital y votos, nunca el control Ley 26.522, art. 29
Tierras rurales Derogados los topes de la Ley 26.737 (15% nacional y 1.000 ha en zona núcleo, arts. 8 y 10) DNU 70/2023, art. 154
Zona de seguridad de frontera (hasta 150 km terrestre, 50 km marítima) Autorización para transmitir, arrendar o entregar la posesión o tenencia de inmuebles DL 15.385/1944, arts. 2 y 4, art. 4 según Ley 23.554, art. 42
Ídem, venta de acciones Previa conformidad para ceder el control de una sociedad dueña de inmuebles en la zona; cambios posteriores, aviso en 60 días Res. 166/2009, art. 8
Aerocomerciales Domicilio permanente en el país; control, dirección, presidente, gerentes y dos tercios del directorio con domicilio legal en Argentina Código Aeronáutico, art. 99, según DNU 338/2025, art. 3
Defensa Fábricas privadas de armas: autorización caso por caso del Poder Ejecutivo Ley 12.709, art. 27 (sin confirmar)

Lo dudoso, sin vueltas. La derogación de tierras y la regla aerocomercial son DNU. La lista de normas vinculadas a la Ley 26.122 no muestra rechazo de ninguno al 26/10/2026, pero el Congreso todavía puede rechazarlos (sin confirmar).

Tratados y RIGI. Los tratados priman sobre las leyes (Constitución, art. 75, inc. 22). El tratado con Estados Unidos (Ley 24.124) sigue vigente y promete transferencias "sin demora" (art. V); el de Chile se extinguió el 01/05/2019 (Cancillería). Rige el CIADI (Ley 24.353). El RIGI da estabilidad (Ley 27.742, art. 201) y arbitraje (art. 221) solo en los sectores del art. 167, sin el agro.

Cepo para el no residente. Repatriar requiere conformidad previa del BCRA, salvo excepciones ("Exterior y Cambios", punto 3.13.1). El aporte liquidado en el mercado de cambios (MLC) desde el 21/04/2025 sale a los 180 días corridos (punto 3.13.1.7, ap. i). Los dividendos piden balance auditado (punto 3.4.1) y, como vía principal, ganancias de ejercicios iniciados desde el 01/01/2025 (punto 3.4.4.1). Un VPU del RIGI repatria sin plazo mínimo (punto 14.2.3).

Qué cambia la respuesta

  • Dónde está el campo. Fuera de la zona de seguridad no hay previa conformidad.
  • Un revés del DNU. Si el Congreso rechaza el DNU 70/2023 o un juez anula el art. 154, podrían volver los topes.
  • El tamaño. En sectores RIGI, desde US$ 200 millones en la mayoría (Decreto 105/2026), hay repatriación más rápida y estabilidad.

Ejemplo práctico (ARS y USD)

Un grupo agroindustrial de EE.UU. compra el 100% de AgroCo SA a dos accionistas residentes. AgroCo tiene 1.500 ha en Corrientes, provincia de frontera según el Decreto 253/2018, supuestas dentro de la zona (sin confirmar). Supuestos: precio US$ 6.000.000 y aporte para riego US$ 1.000.000. Dólar MEP ARS 1.563,90 por US$ al 23/10/2026; ver /data/mep/.

Paso o concepto Plazo Costo ARS Costo USD
1. Topes de tierras rurales no aplica 0 0
2. Previa conformidad por TAD (Res. 166/2009, arts. 7, 8, 11) 60 días hábiles legales (sin confirmar) no hallada (sin confirmar) no hallada (sin confirmar)
3. Precio de las acciones al cierre, dentro del año de validez (art. 39) 9.383.400.000 6.000.000
4. Aporte liquidado el 02/11/2026 mismo día 1.563.900.000 1.000.000
5. Impuesto de sellos sobre la cesión a la firma no calculado (sin confirmar) no calculado
Total de capital 10.947.300.000 7.000.000

Paso a paso:

  1. Sin tope de hectáreas ni de porcentaje (DNU 70/2023, art. 154).
  2. AgroCo pasa a ser "persona jurídica extranjera" (Res. 166/2009, art. 7, inc. b): va por vía de excepción con proyecto de inversión (arts. 11 y 24, inc. e), y la cesión del control necesita antes previa conformidad (art. 8). Sin plazo especial, a los 60 días hábiles el silencio vale como rechazo (Ley 19.549, arts. 10, inc. a, y 1 bis, inc. g, ap. ii, según Ley 27.742, arts. 31 y 25).
  3. Precio: 6.000.000 × 1.563,90 = ARS 9.383.400.000, pagado a los vendedores, no aportado a AgroCo.
  4. Aporte: 1.000.000 × 1.563,90 = ARS 1.563.900.000. Liquidado el 02/11/2026, se puede repatriar desde el 01/05/2027 (180 días corridos, punto 3.13.1.7).

Costo total: US$ 7.000.000 (ARS 10.947.300.000) de capital; tasa de previa conformidad no hallada (sin confirmar); sellos, escribano y traducciones sin calcular (sin confirmar); unos 3 a 4 meses por plazos legales (sin confirmar).

Errores comunes

  • Buscar al Ministerio del Interior. Lo suprimió el DNU 571/2026 (art. 6). Resuelve la Vicejefatura de Gabinete del Interior (Res. JGM 65/2026, Anexo II, ítem 4) y la solicitud entra por TAD con escribano inscripto en el registro de la Res. 422/2011 (Anexo I, art. 1). Vencida la conformidad (un año), escriturar equivale a hacerlo sin autorización (Res. 166/2009, art. 39).
  • Confundir compra de acciones con aporte. El punto 3.13.1.7 habla de "aporte de capital" ingresado y liquidado por el MLC; no aclara si el precio pagado a vendedores residentes califica (sin confirmar). Para los 180 días, el capital debe entrar a la sociedad.
  • Leer "en cualquier momento" como acceso al MLC. El banco aplica las normas del BCRA, no el Decreto 1853/1993, art. 5.

Preguntas frecuentes

¿Necesito autorización del Gobierno para invertir? No hay aprobación general (Decreto 1853/1993, art. 2), pero sí licencias sectoriales y previa conformidad en frontera.

¿Un extranjero puede comprar campo? Sí, desde el DNU 70/2023, art. 154. En zona de seguridad, el extranjero necesita 10 años de residencia ininterrumpida acreditados con papeles de Migraciones, o va por vía de excepción (Res. 166/2009, arts. 9 y 10).

¿Mi SRL cambia de régimen si entra un socio de afuera? Con más del 49% del capital, o los votos para prevalecer, en manos de domiciliados afuera, es "empresa local de capital extranjero" (Ley 21.382, art. 2, inc. 3).

¿Con el tratado con EE.UU. me salteo el cepo? Promete transferencias libres (art. V), pero hacerlo valer exige un arbitraje; el banco no lo aplica.

Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.

Fuentes primarias

  • Ley 21.382, t.o. 1993, arts. 1, 2 y 5: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/55000-59999/56254/texact.htm. Archivo:
  • Decreto 1853/1993, arts. 2 y 5: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/16477/norma.htm. Archivo:
  • Ley 25.750, art. 2: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/86632/norma.htm. Archivo:
  • Ley 26.522, art. 29: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/155000-159999/158649/texact.htm. Archivo:
  • DNU 70/2023, art. 154: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/395000-399999/395521/norma.htm. Archivo:
  • Ley 26.737, arts. 8 y 10, y nota de abrogación: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=192150. Archivos:
  • Ley 26.122, normas vinculadas: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verVinculos.do?modo=2&id=118261. Archivo:
  • DL 15.385/1944, arts. 2 y 4: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/290000-294999/294940/texact.htm. Archivo:
  • Ley 23.554, art. 42: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/20988/texact.htm. Archivo:
  • Res. 166/2009 (ex Ministerio del Interior), arts. 7 a 11, 24 y 39: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/151041/texact.htm. Archivo:
  • Res. 422/2011 (ex Ministerio del Interior), Anexo I, art. 1: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=182014. Archivo:
  • DNU 571/2026, arts. 4 y 6: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=427383. Archivos:
  • Res. JGM 65/2026, Anexo II, ítem 4: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=427813. Archivos:
  • Solicitud de Previa Conformidad (TAD), Dirección Nacional de Asuntos Técnicos de Fronteras: https://www.argentina.gob.ar/interior/asuntos-tecnicos-de-fronteras/solicitud-de-previa-conformidad. Archivo:
  • Decreto 253/2018: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/305000-309999/308249/norma.htm. Archivo:
  • Código Aeronáutico (Ley 17.285), art. 99: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/24963/texact.htm. Archivo:
  • DNU 338/2025, art. 3: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/410000-414999/412944/norma.htm. Archivo:
  • Ley 12.709, art. 27: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/19622/norma.htm. Archivo:
  • Constitución Nacional, art. 75, inc. 22: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm. Archivo:
  • Ley 24.124 (tratado con EE.UU.), art. V: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/523/norma.htm. Archivo:
  • Registro de tratados de Cancillería (estado de EE.UU. y Chile): https://tratados.cancilleria.gob.ar/tratado_ficha.php?id=2184 y ?id=1785. Archivo:
  • Ley 24.353 (CIADI): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=67466. Archivo:
  • Ley 27.742, arts. 25, 31, 167, 201 y 221: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=401266. Archivo:
  • Decreto 105/2026, cuadro de montos mínimos: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/420000-424999/423212/dec105cuadro.jpg. Archivo:
  • BCRA, "Exterior y Cambios" (texto ordenado al 14/09/2026, Com. A 8481), puntos 3.4.1, 3.4.4.1, 3.13.1, 3.13.1.7 y 14.2.3: https://www.bcra.gob.ar/archivos/Pdfs/comytexord/A8481.pdf. Archivo:
  • Dólar MEP ARS 1.563,90 al 23/10/2026: (tipo de cambio MEP vendedor, dolarapi.com); sin archivo fuente.

Para profundizar