¿Cuánto tiempo puede quedarse un turista en Argentina y cómo se prorroga?
Última revisión: 27 oct 2026 · Estado: en cambio
Respuesta corta. Hasta tres meses por ingreso, prorrogables una vez por otro período similar. La prórroga se pide en Migraciones dentro de los 10 días anteriores al vencimiento y cuesta ARS 20.000, o ARS 10.000 para Mercosur. Quien se pasa no paga multa diaria sino una habilitación de salida fija de ARS 40.000 (ARS 20.000 Mercosur). El turista no puede trabajar.
Al 27 de octubre de 2026. Normas vigentes a esa fecha.
La norma
- Categoría. El turista es residente transitorio (Ley 25.871, art. 24 a)) y debe irse al vencer el plazo autorizado; si no, rige el art. 61 (art. 25, sustituido por el DNU 366/2025, art. 7).
- Plazo. "Hasta TRES (3) meses, prorrogables por otro período similar" (Decreto 616/2010, Anexo I, art. 24 a)). Son meses, no 90 días, y el "hasta" permite otorgar menos.
- Prórroga. Se pide en la sede central de la DNM (8 a 13 h, edificio 3) o en una delegación, con pasaporte (o cédula Mercosur), la tasa y la permanencia vigente (DNM, turistas). Hay que presentarla dentro de los 10 días anteriores al vencimiento (Decreto 616/2010, Anexo II, art. 12 e)) y corre desde el vencimiento del plazo original (art. 12 d)). El decreto prevé una sola prórroga.
- Tasa. 10 UMSM para Mercosur y asociados, 20 UMSM para el resto (Decreto 584/2024, art. 1 g) I y II). 1 UMSM = ARS 1.000 (art. 2), igual en el cuadro de tasas de la DNM al 27/10/2026. Los menores de 18 que tramitan con un progenitor no pagan (art. 5 II).
- Visa. Sin convenio que la exima, hace falta visa consular (DNM, ingreso). La lista de régimen de visas la exige con pasaporte ordinario a 108 países o territorios, entre ellos China e India, y no a Estados Unidos, la UE ni Mercosur. 69 de esos 108 pueden usar la Autorización de Viaje Electrónica (AVE), de US$ 400 para turistas (Decreto 892/2016, art. 5, sustituido por el Decreto 584/2024, art. 15).
- Exceso de permanencia. No hay multa por día. Se paga la habilitación de salida: 20 UMSM Mercosur y 40 UMSM el resto (Decreto 584/2024, art. 1 l) I y II), sea un día o seis meses. Se paga antes de salir en una delegación, la sede central (edificio 6, 8 a 16), Ezeiza (24 h) o Aeroparque (7 a 22) y vale 10 días corridos (DNM, habilitación de salida).
- Trabajo. Prohibido el trabajo remunerado, en relación de dependencia o por cuenta propia, sin autorización de la DNM (Ley 25.871, art. 52).
Qué cambia la respuesta
- Nacionalidad Mercosur. Las tasas bajan a la mitad (ARS 30.000 en el ejemplo, US$ 19,18), y la residencia Mercosur suele convenir más que encadenar estadías.
- Pedir la prórroga tarde. El Anexo II, art. 12 f) admite la prórroga dentro de los 30 días posteriores al plazo con un recargo del 50 % (ARS 30.000 en total, US$ 19,18); después caduca. Pero la misma página de la DNM que copia ese recargo dice que una permanencia vencida no se prorroga y exige habilitación de salida. Chocan (sin confirmar).
- Indigencia. Quien acredita estado de indigencia no paga la prórroga ni la habilitación de salida (Decreto 584/2024, art. 4 I).
- Cambio de categoría. Se puede cambiar de categoría sin salir del país (Anexo II, art. 12 a)), en la misma ventana de 10 días; pasar a nómade digital (art. 24 h)) cuesta 100 UMSM (art. 1 h)).
Ejemplo práctico (ARS y USD)
Una persona estadounidense (no requiere visa) entra por Ezeiza el 15/7/2026 con tres meses. Dólar MEP ARS 1.563,90 por US$ al 23/10/2026 (tipo de cambio MEP vendedor, dolarapi.com) (cotización en vivo).
| Paso o concepto | Plazo | Costo ARS | Costo USD |
|---|---|---|---|
| Ingreso como turista, tres meses | 15/7/2026 | 0 | 0 |
| Prórroga, Decreto 584/2024 art. 1 g) II, 20 UMSM | Presentar del 5 al 15/10/2026 | 20.000 | 12,79 |
| Vence la prórroga | 15/1/2027 | 0 | 0 |
| Se va 30 días tarde: habilitación de salida, art. 1 l) II, 40 UMSM | Mediados de febrero de 2027 | 40.000 | 25,58 |
| Total | 60.000 | 38,37 |
- Prórroga: 20 UMSM x ARS 1.000 = ARS 20.000; 20.000 / 1.563,90 = US$ 12,79.
- Nuevo vencimiento: tres meses más desde el 15/10/2026 (Anexo II, art. 12 d)) = 15/1/2027.
- Exceso de 30 días: 40 UMSM x ARS 1.000 = ARS 40.000; 40.000 / 1.563,90 = US$ 25,58. Un día o 30 días cuestan lo mismo.
Costo total: ARS 60.000 (US$ 38,37) en tasas de la DNM, sin capital, dos trámites presenciales, unos siete meses en el país, uno irregular.
Errores comunes
- "Salir a Colonia y volver." Ninguna norma hallada limita las salidas y reingresos ni garantiza tres meses nuevos con cada sello (sin confirmar). Pero Migraciones rechaza en frontera a quien no encuadra como turista o cuya intención real difiere de la declarada (Ley 25.871, art. 35 b) y c)), y las estadías encadenadas invitan a ese rechazo.
- Irse sin pagar por un paso terrestre. En los pasos fronterizos ya no se cobra la tasa: queda una deuda, se multa al transportista y no se puede reingresar hasta pagarla, con tarjeta desde el exterior o por un tercero en efectivo en el Banco Nación (DNM, deuda pendiente). La DNM la calcula al valor de la habilitación de salida, pero el decreto fija aparte un "levantamiento de deuda" de 40 UMSM Mercosur y 80 el resto (ARS 80.000, US$ 51,15; art. 1 l) III y IV) (sin confirmar).
- Para el empleador o el que alquila. Dar trabajo a un extranjero sin habilitación para trabajar, como un turista, cuesta 50 Salarios Mínimos por persona; alquilarle a un extranjero irregular, 20 (Ley 25.871, arts. 55 y 59). Quien le compra o vende un inmueble o arma una sociedad con un irregular debe avisar a la DNM (art. 57), aunque el acto vale igual (art. 58).
Preguntas frecuentes
¿Son 90 días o tres meses? El decreto dice tres meses: quien entra el 15 de julio vence el 15 de octubre. Mire la fecha de la constancia de ingreso.
¿Qué pasa si me quedo mucho tiempo vencido? La DNM puede intimar a regularizar y, si no se cumple, expulsar (Ley 25.871, art. 61), con prohibición de reingreso de al menos cinco años si no hubo delito (art. 63 e)).
¿Puedo volver a entrar después de pagar la habilitación de salida? Sí, pero Migraciones puede revisar otra vez el motivo del viaje antes de admitirlo (DNM, habilitación de salida).
¿Un turista puede trabajar remoto para una empresa del exterior? La ley lo prohíbe (art. 52) sin distinguir al pagador extranjero. Para ese caso existe la residencia de nómade digital.
¿Un turista puede sacar DNI? No. Solo los residentes temporarios y permanentes (Ley 25.871, art. 30).
Publicado el 27 de octubre de 2026 a partir de nuestro borrador de investigación. Los puntos marcados (sin confirmar) todavía no se contrastaron con el texto oficial; antes de actuar, revisá las fuentes primarias enlazadas.
Fuentes primarias
- Ley 25.871, arts. 24, 25, 30, 35, 52, 55, 57 a 59, 61 y 63 (texto actualizado): https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/92016/texact.htm
- DNU 366/2025, art. 7: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-366-2025-413297/texto
- Decreto 616/2010, Anexo I art. 24 a) y Anexo II art. 12: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/165000-169999/167004/norma.htm (; texto original, texact.htm no carga); normas vinculadas: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verVinculos.do?modo=2&id=167004
- Decreto 584/2024, arts. 1 g), h) y l), 2, 4, 5, 15 y 17: https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/400000-404999/401218/norma.htm (; tabla en imagen y transcripción * DNM, cuadro de tasas migratorias: https://www.argentina.gob.ar/cuadro-tasas-migratorias
- DNM, turistas: https://www.argentina.gob.ar/migraciones/turistas
- DNM, habilitación de salida: https://www.argentina.gob.ar/migraciones/habilitacion-de-salida
- DNM, deuda pendiente por habilitación de salida: https://www.argentina.gob.ar/migraciones/deuda-pendiente-por-habilitacion-de-salida
- DNM, documentación de egreso para Mercosur: https://www.argentina.gob.ar/migraciones/sin-radicacion-turistas
- DNM, ingreso como residente transitorio: https://www.argentina.gob.ar/migraciones/documentacion-para-ingresar-al-pais-como-residente-transitorio
- DNM, régimen de visas: https://www.migraciones.gob.ar/accesos/regimenvisas.php